Los delitos de frustración de la ejecución frente a la prisión por deudas

AutorTeresa Ruano
CargoDoctora en Derecho. Profesora de Derecho Penal
Páginas165-206
ISSN: 0210-4059 CUADERNOS DE POLÍTICA CRIMINAL
Número 136, I, Época II, mayo 2022, pp. 165-206
LOS DELITOS DE FRUSTRACIÓN
DE LA EJECUCIÓN
FRENTE A LA PRISIÓN POR DEUDAS
The offences of frustration
of foreclosure against debt imprisonment
TERESA RUANO*
Fecha de aceptación: 13/01/2022
Fecha de aprobación: 01/04/2022
DOI: 10.14679/1366
RESUMEN: La extensión que han alcanzado los delitos de frustración
de la ejecución es innegable. Por este motivo, es necesario entrar en el
análisis de conceptos básicos del Derecho Civil en orden a concretar el
alcance de los elementos típicos y valorar las circunstancias que deben
evitar la entrada en el procedimiento penal y, en su caso, la posterior
prisión por deudas.
PALABRAS CLAVE: Alzamiento de bienes, insolvencias punibles y frus-
tración de la ejecución.
ABSTRACT: The extent to which the crimes of frustration of foreclosure have
reached is undeniable. For that reason, it is necessary to analyse basic
concepts of Civil Law in order to concrete the scope of the typical elements
and to assess the circumstances that should prevent entry into criminal
proceedings and, in such case, the subsequent debt imprisonment.
KEYWORDS: Concealment of assets, punishable insolvencies and frustration
of foreclosure.
* Doctora en Derecho. Profesora de Derecho Penal.
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CUADERNOS DE POLÍTICA CRIMINAL ISSN: 0210-4059
Número 136, I, Época II, mayo 2022, pp. 165-206
SUMARIO: I. Introducción. II. La responsabilidad patrimonial del deu-
dor y la prohibición de la prisión por deudas. III. El delito
de alzamiento de bienes: 1. El derecho de crédito como bien
jurídico objeto de protección. 2. Delito especial. 3. Los crédi-
tos susceptibles de alzamiento. 4. La conducta de alzamiento.
5. Parámetros de delimitación de la conducta típica. Examen en
sede de imputación objetiva. 6. Tipicidad subjetiva. 7. Autoría y
participación. 8. La responsabilidad civil derivada del delito de
alzamiento de bienes: 8.1. Cuestiones civiles relevantes para la
evaluación del estado de insolvencia. Las acciones civiles de
protección del derecho crédito. 8.2. La responsabilidad civil
derivada del delito de alzamiento de bienes. 9. La obstaculiza-
ción de la eficacia del embargo o procedimiento. IV. La elusión
del cumplimiento de responsabilidades civiles derivadas de
delito. V. La presentación de relaciones de bienes incompletas
o mendaces en un procedimiento de ejecución. VI. El uso de
bienes embargados y constituidos en depósito por una autori-
dad. VII. Conclusión.
I. INTRODUCCIÓN
La Ley 1/2015, de 30 de marzo operó una reforma en el Código Penal,
que afectó a los delitos de insolvencia punible de forma significativa,
dentro de la vertiginosa senda que alcanzaron las modificaciones reali-
zadas en la normativa penal en la década anterior1. En la Exposición de
Motivos se explica que la revisión técnica operada en estos delitos parte
de la necesidad de establecer una clara separación entre las conductas de
obstaculización o frustración de la ejecución y los delitos de insolvencia
o bancarrota, motivo por el cual se regulan en dos capítulos diferencia-
dos. El capítulo de los delitos de frustración de la ejecución se dirige a
la tutela penal del derecho de crédito con el horizonte de la tramitación
adecuada de los procedimientos de ejecución. Se tipifica de este modo
la ocultación de bienes en un procedimiento judicial o administrativo de
ejecución, así como la utilización no autorizada por el depositario de bie-
nes embargados por la autoridad. Estas menciones no dejan de plantear
dudas sobre si efectivamente resultaba necesario introducir una reforma
sobre los delitos que protegen el derecho de crédito, en orden a refor-
1 DEL MORAL GARCÍA, A., “Las Insolvencias punibles, a través del análisis del deli-
to de alzamiento en el Código Penal”, en Una década de reformas penales (dirs. Miguel
Bustos Rubio y Alfredo Abadías de Selma), ed. Bosch Editor, 2020, págs. 33 a 44. El ma-
gistrado se refiere certeramente en el prólogo de esta obra a la sensación de “vértigo” que
producen las sucesivas reformas operadas en nuestro joven Código Penal.
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zar determinadas conductas e incluso introducir nuevas figuras típicas o,
por el contrario, si dicha modificación no resultaba adecuada porque po-
día suponer extender el ámbito penal indebidamente con el consiguiente
acercamiento a la erradicada prisión por deudas2. En este contexto se
acumulan diversas cuestiones sobre las figuras que conforman este capí-
tulo de los delitos de frustración de la ejecución.
Entre estos interrogantes cabe mencionar si la designación del capí-
tulo como “delitos de frustración de la ejecución” es adecuada, cuando
determinadas conductas no requieren ni siquiera que se haya iniciado un
procedimiento judicial o extrajudicial para la reclamación de la deuda
ni, por lo tanto, la fase de ejecución3. La realidad es que este título lleva
a equívocos innecesarios que no han permitido clarificar la diferencia
entre los delitos de frustración de la ejecución y los delitos de insolvencia
punible4. En términos prácticos, se ha producido el efecto contrario al
que indica la Exposición de Motivos, en la medida en que se han desdi-
2 La doctrina se ha venido pronunciando en la necesidad de simplificar y orde-
nar los delitos que protegen el derecho de crédito. Respecto de las transformaciones
sufridas con el Código Penal de 1995 en relación con los delitos de insolvencias puni-
bles, GONZÁLEZ CUSSAC, J.L., “Las insolvencias punibles en las sociedades mercantiles”,
en Temas de Derecho Penal Económico. Encuentro Hispano-Italiano de Derecho Penal
Económico (coord. M. Acale Sánchez y J.M. Terradillos Basoco), ed. Trotta, Madrid, 2004,
págs. 83 a 85. La doctrina se mantuvo crítica frente al contenido y alcance del Código.
En este sentido, GÓMEZ-BENÍTEZ, J.M., “Insolvencias punibles”, en Curso de Derecho Penal
de los negocios a través de casos. Reflexiones sobre el desorden legal, ed. Colex, 2001, pág.
215. Yáñez Velasco, R., La nueva Ley Concursal: Concurso de Acreedores y Derecho Penal.
Aproximación a los tipos penales relacionados con la insolvencia, ed. Difusión Jurídica y
Temas de Actualidad, S.A., Barcelona, 2003, págs. 31-32. Sin perjuicio de que se clamaba
por un orden en estas figuras, después de la reforma de 2015 se han acentuado cuestio-
nes como cuál es el ámbito que ocupa el clásico delito de alzamiento frente al delito de
insolvencia punible. En este sentido, lo apunta NIETO MARTÍN, A., “El derecho penal ante
las crisis bancarias”, en Estudios sobre resolución bancaria (dir. Alberto Ruíz Ojeda y José
María López Jiménez), ed. Thomson Reuters-Aranzadi, Cizur Menor, Navarra, 2020, pág.
987. En lo que se refiere a la separación en dos grupos de delitos a raíz de la Reforma de
2015, se muestra crítico GONZÁLEZ CUSSAC, J.L., “Delitos contra el patrimonio y el orden
socioeconómico (VIII)”, en Derecho Penal. Parte Especial (coord. J.L. Cussac), ed. Tirant
Lo Blanch, 6ª ed, Valencia, 2019, pág. 448.
3 En este sentido se ha pronunciado el Informe del Consejo General del Poder
Judicial de fecha 16 de enero de 2013 relativo al Anteproyecto de Ley Orgánica por la
que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. La STS
606/2019 de 10 diciembre se hace eco de la crítica doctrinal referida a esta denominación
y a la nueva clasificación de estos delitos.
4 BENÍTEZ ORTÚZAR, I.F. “Frustración en la ejecución e insolvencias punibles”, en
Estudios sobre el Código Penal Reformado (Leyes Orgánicas 1/2015 y 2/2015), dir. Lorenzo
Morillas Cueva, ed. Dykinson, Madrid, 2015, pág. 572.

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