SAP Murcia 52/2007, 8 de Mayo de 2007

PonenteMARIA JOVER CARRION
ECLIES:APMU:2007:1100
Número de Recurso217/2007
Número de Resolución52/2007
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

MURCIA

SENTENCIA: 00052/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo 217/07

SECCIÓN SEGUNDA J. Molina Dos

MURCIA J.Faltas 399/06

S E N T E N C I A nº 5 2 / 0 7

En Murcia, a ocho de mayo de dos mil siete.

Visto por la Ilma. Sra. Magistrado Doña María Jover Carrión al haberle correspondido por turno en esta Audiencia Provincial el presente Rollo de apelación nº 217/07, dimanante de los autos de JUICIO DE FALTAS nº 399/06 sobre lesiones en tráfico; procedentes del Juzgado de Instrucción de Molina Uno; en el que han intervenido en calidad de apelante Gabriel, defendido por la Letrado Sra. Ascensión Lozano Martínez, y como apelados Sandra y Juan Ignacio, representados y defendidos por el Letrado Sr. Pagán Rubio.

  1. A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

PRIMERO

En las actuaciones de que el presente Rollo dimana seguidas por el trámite de Juicio de Faltas en el Juzgado de Instrucción se dictó sentencia con fecha 15 de enero de 2007, cuyos hechos probados establecen:"El día 16 de mayo de 2006, a las 20:30 horas, en la vía pública carretera Chorrito, de Molina de Segura, Gabriel agredió a Juan Ignacio.

Como consecuencia de la agresión se produjeron lesiones en Juan Ignacio consistentes en contusión con dos hematomas en región frontal izquierda según informe del Servicio Murciano de Salud e informe del Médico Forense.

SEGUNDO

El fallo de la mencionada resolución dispone expresamente: "Que debo condenar y condeno a Gabriel como autor responsable de una falta de lesiones, a la pena de treinta días de multa a razón de tres euros de cuota diaria, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no abonadas, y que se indemnicen a Juan Ignacio en la cantidad de 210 € en concepto de responsabilidad civil y al pago de las costas".

TERCERO

Contra la referida sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Gabriel, que fue admitido en ambos efectos; y, tras el trámite de impugnación, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, designándose Magistrado por turno a fin de conocer de dicho recurso; quedando los autos para dictar sentencia.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Se dan por reproducidos los hechos declarados probados en la sentencia recurrida, que expresamente...

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