SAP Madrid 674/2005, 20 de Junio de 2005
Ponente | SUSANA TRUJILLANO SANCHEZ |
ECLI | ES:APM:2005:7488 |
Número de Recurso | 127/2005 |
Número de Resolución | 674/2005 |
Fecha de Resolución | 20 de Junio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª |
MARIA TERESA CHACON ALONSOSUSANA TRUJILLANO SANCHEZANA ROSA NUÑEZ GALAN
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 17ª
ROLLO DE APELACION Nº: 127/05 RP
PROCEDIMIENTO ABREVIADO 439/03
JUZGADO DE LO PENAL Nº 8 MADRID
MAGISTRADAS ILUSTRISIMAS SEÑORAS:
Dña. Teresa Chacon Alonso
Dña. Susana Trujillano Sánchez.
Dña. Ana Rosa Núñez Galán.
La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa al
margen de referencia, ha dictado,
EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY
la siguiente
S E N T E N C I A Nº 674/05
En la Villa de Madrid, a veinte de junio de dos mil cinco.
La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, formada por las Ilustrísimas Señoras Magistradas doña Teresa Chacon Alonso, doña Susana Trujillano Sánchez y doña Ana Rosa Núñez Galán, ha visto el recurso de apelación interpuesto por la procurador doña Margarita Sánchez Jiménez, en nombre y representación de don Isidro, contra la sentencia dictada con fecha veinte de abril de dos mil cuatro, en procedimiento abreviado 439/03 por el Juzgado de lo Penal nº 8 de los de Madrid; intervino como parte apelada el Ministerio Fiscal. La Ilustrísima Sra. Magistrada Dña. Susana Trujillano Sánchez actúa como Ponente y expresa el parecer del Tribunal.
ANTECEDENTES DE HECHO
Con fecha veinte de abril de dos mil cuatro, se dictó sentencia en procedimiento abreviado 439/03, del Juzgado de lo Penal nº 8 de los de Madrid.
En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos, como probados:
Sobre las 21 horas del 28 de mayo de 2003, Isidro (mayor de edad, con ordinal de informática NUM000 y sin antecedentes penales) fue detenido por una patrulla de la policía municipal en el portal número NUM001 de la CALLE000 de Madrid, ocupándole en su poder, oculto entre los calzoncillos, 13 trozos de una sustancia que arrojó un peso de 111,18 gramos y resultó ser hachís, con una riqueza en THC oscilante entre el 9,4 y 17,5%, que el acusado destinaba a la venta y transmisión a terceros
Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:
"Que debo CONDENAR Y CONDENO a Isidro -ya circunstanciado- como autor penalmente responsable, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un delito CONTA LA SALUD PUBLICA -ya definido- a la pena de UN AÑO DE PRISION, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena y MULTA DE UN EURO, con un día de arresto sustitutorio en caso de impago y al pago de las costas del juicio; decretándose el comiso de la sustancia intervenida, a la que se dará el destino legalmente previsto"
Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la Procurador doña Margarita Sánchez Jiménez en nombre y representación procesal de don Isidro.
Se dio traslado a las demás partes personadas, a fin de que pudieran formular sus alegaciones. Remitidas las actuaciones a este Tribunal, no se estimó precisa la celebración de vista, quedando pendiente el procedimiento de resolución en esta segunda instancia.
Se asumen y tienen por reproducidos los fijados como tales en la sentencia recurrida.
El recurrente fue condenado como autor de un delito contra la salud pública, en la modalidad de sustancias que no causan grave daño a la salud, a pena de un año de prisión, inhabilitación especial para derecho de sufragio pasivo, multa de un euro y costas.
Frente a dicha sentencia se alza el apelante, alegando ...
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