SAP Madrid 189/2008, 7 de Abril de 2008

PonenteMARIO PESTANA PEREZ
ECLIES:APM:2008:3915
Número de Recurso84/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución189/2008
Fecha de Resolución 7 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

Cel

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

MADRID

Rollo: APELACION PROCTO. ABREVIADO 84 /2008

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 720 /2003

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de GETAFE

S E N T E N C I A Nº 189/08

ILMAS/OS. SRAS/ES.

PRESIDENTA DÑA. Mª DEL CARMEN COMPAIRED PLO

MAGISTRADO D. MARIO PESTANA PEREZ

MAGISTRADO D. RAFAEL ESPEJO SAAVEDRA SANTA EUGENIA

En Madrid, a siete de Abril de dos mil ocho.

Visto por Sección Segunda de esta Audiencia Provincial de Madrid, el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dña. Mercedes Rey García, en nombre y representación de Salvador, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Getafe con fecha 11 de Abril de 2007, en el Juicio Oral núm. 720/2003; siendo parte apelada el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. MARIO PESTANA PEREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal núm. 1 de Getafe se dictó Sentencia con fecha 11 de Abril de 2007, cuyo fallo dice así: Que debo CONDENAR y CONDENO al acusado Salvador, como autor de un delito contra la seguridad del tráfico del artículo 379 Código Penal a la pena de MULTA DE OCHO meses a razón de doce Euros de cuota diaria, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal, de un día de privación de libertad, por cada dos cuotas impagadas, en su caso, y la privación del permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores por periodo de DOS AÑOS.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal de Salvador se interpuso recurso de apelación, invocando error en la apreciación de la prueba y vulneración de lo previsto en el artículo 50 del Código Penal.

TERCERO

Dado traslado del escrito de formalización del recurso al Ministerio Fiscal, el mismo impugnó el recurso e interesó la confirmación de la resolución recurrida.

CUARTO

Recibidas que fueron las actuaciones en esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial, se formó el oportuno rollo y quedaron los autos para resolución, habiéndose deliberado el día de hoy por los integrantes de la Sala.

Se aceptan y se dan por reproducidos los de la Sentencia apelada.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La Defensa recurrente circunscribe el recurso de apelación interpuesto exclusivamente a la determinación de la cuota diaria de la pena de multa impuesta a Salvador, señala que la cuota de 12 € establecida en la sentencia de instancia no se corresponde con las circunstancias personales del acusado, y resalta, en síntesis, que el vehículo con matrícula Y-....-YD no es propiedad de Sr. Salvador y que éste es un trabajador inmigrante de nacionalidad colombiana con trabajos esporádicos en la construcción y en la jardinería, es decir, que se halla en una situación económica inestable y precaria.

SEGUNDO

La sentencia recurrida declara como hecho probado que Salvador, el día de los hechos, conducía el vehículo con matrícula Y-....-YD, cuyo vehículo era propiedad de Concepción. Sin embargo, en el fundamento jurídico quinto de dicha sentencia, relativo a la determinación de las penas a imponer al acusado, se cuantifica la cuota diaria de la pena de multa en 12 € sobre la base...

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