SAP Madrid 100/2008, 3 de Marzo de 2008
Ponente | MARIA PILAR OLIVAN LACASTA |
ECLI | ES:APM:2008:6394 |
Número de Recurso | 3/2008 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 100/2008 |
Fecha de Resolución | 3 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION DECIMOQUINTA
MADRID
PA: 3/08
DP: 2862/07
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN nº 17 de MADRID
SENTENCIA Nº100
MAGISTRADOS:
ALBERTO JORGE BARREIRO
MARIA PILAR OLIVAN LACASTA (PONENTE)
ROSA MARIA QUINTANA SAN MARTIN
En Madrid, a 3 de marzo de 2008.
Vista en juicio oral y público ante la Sección Decimoquinta de esta Audiencia Provincial la causa nº 2862/07, procedente del
Juzgado de Instrucción nº, Rollo de Sala nº 3/08, seguida de oficio por delito contra la salud pública contra Fernando, con DNI NUM000, hijo de Julián y María Teresa, nacido el 29-7-86, natural y vecino de Puçol (Valencia), sin antecedentes
penales y en libertad provisional por esta causa, de la que estuvo privado con anterioridad del 8 al 9 de abril de 2007. Han sido
partes el Ministerio Fiscal representado por D. Antonio Zárate Conde, y dicho acusado representado por el procurador D. José
Mª Torrejón Sampedro y defendido por la letrada Dª Irene Sánchez Cuerda.
-
- El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito contra la salud pública previsto en el art. 368 del C.P. y reputando responsable del mismo en concepto de autor al acusado Fernando, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitó la pena de 4 años de prisión, multa de 515,12 euros con arresto sustitutorio en caso de impago de 10 días, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, comiso de la droga y dinero intervenido.
-
-. La representación del acusado, en el trámite de conclusiones definitivas interesó su libre absolución. Alternativamente, solicitó la atenuante nº 1 del art. 21 y que se le aplicara la máxima reducción de la pena.
El acusado, Fernando, mayor de edad y sin antecedentes penales, junto con otros siete jóvenes mas, se trasladó desde su localidad de residencia (Puçol) hasta Madrid para disfrutar de un fin de semana, coincidente con la Semana Santa del año 2007 (5 a 8 de abril). A tal efecto, alquilaron una casa en la localidad de Rivas Vaciamadrid, cuyo importe sufragaron de forma conjunta, al igual que los gastos de transporte y manutención.
Asimismo, y como quiera que todo los jóvenes del grupo eran consumidores de fin de semana de éxtasis (MDMA), acordaron adquirir de forma conjunta las pastillas que pensaban consumir durante todo el fin de semana, fundamentalmente, porque así obtendrían un precio mas económico, y de cuya adquisición se encargó el acusado Fernando.
Sobre las 9,20 horas el día 8-4-07, cuando Fernando y cuatro de sus acompañantes se disponían a abandonar el recinto del Madrid Arena de la Casa de Campo de esta capital, al que habían accedido con ocasión de la celebración de una fiesta de música "House", fueron interceptados por efectivos de la Policía Municipal, que estaban realizando un control...
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