SAP Barcelona 757/2007, 29 de Noviembre de 2007

PonenteAUGUSTO MORALES LIMIA
ECLIES:APB:2007:13101
Número de Recurso42/2006
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución757/2007
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL BARCELONA

SECCION QUINTA

Rollo nº 42/06 - EC

Diligencias previas nº 5865/2005

Juzgado de Instrucción nº 23 de Barcelona

SENTENCIA Nº

Iltmos. Srs.:

Dª Beatriz Grande Pesquero

D. Augusto Morales Limia

D. José María Assalit Vives

En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de noviembre del año dos mil siete.

Vista en juicio oral ante la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial de Barcelona la presenta causa arriba referenciada, seguida por delito contra la salud pública, siendo ponente don Augusto Morales Limia que expresa el parecer de la Sala.

Ha sido parte el Ministerio Fiscal.

Sebastián, hijo de Fortunato y de Avelina, nacido el día 8 de abril de 1964 en Osorno, con DNI nº NUM000, de estado civil que no consta, de oficio o profesión que tampoco consta y último domicilio conocido en calle DIRECCION000, NUM001, bajos, de Barcelona, que estuvo privado cautelarmente de libertad por esta causa desde el 18 de diciembre de 2005 hasta el 20 de diciembre de 2005, ambos inclusive, durante el 14, 15 y 16 de febrero de 2007, y desde el 4 de noviembre hasta el día 29 de noviembre, ambos inclusive, representado por Procurador Sr. Moratal Sendra y asistido de la Letrada Sra. Zamora Corchs.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Conforme a las normas de reparto aprobadas en su día por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia correspondió a esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona el enjuiciamiento y fallo del procedimiento por delito/s al principio reseñado.

Segundo

Previos los trámites legales oportunos, se convocó a las partes a juicio oral, que se celebró el día señalado, y a cuyo acto comparecieron quienes se relacionan en el acta del juicio; todo ello bajo la fe pública judicial.

Tercero

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas estimó los hechos constitutivos de un delito contra la salud pública tipificado en el art. 368 del C. Penal en la modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud del que consideraba autor al acusado, entendiendo que concurría en su persona la agravante de reincidencia, solicitando se le impusieran las penas de siete años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 40 euros.

Cuarto

La Defensa del acusado, en sus conclusiones definitivas, se mostró disconforme con las del Ministerio Fiscal y solicitó la absolución de su defendido.

ÚNICO.- Ha resultado probado y así se declara:

Que el acusado Sebastián, nacido el 8 de abril de 1964, condenado ejecutoriamente por esta Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Quinta, en sentencia de 26 de agosto de 1999 como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión y multa de 5.000 pesetas, sobre las 18,50 horas del día 18 de diciembre de 2005 fue interceptado en la zona de la calle Nou de la Rambla de Barcelona por una dotación de la Guardia Urbana, formada por los agentes números 21.099, 18.406 y 23.309 por un supuesto pase de...

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