SAP Valladolid 204/2007, 4 de Julio de 2007
Ponente | ANGEL SANTIAGO MARTINEZ GARCIA |
ECLI | ES:APVA:2007:832 |
Número de Recurso | 13/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 204/2007 |
Fecha de Resolución | 4 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
VALLADOLID
SENTENCIA: 00204/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
Sección nº 004
Rollo : 13/2007
Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 1 de VALLADOLID
Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO nº 1959/2005
SENTENCIA Nº 204/07
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
D. JOSE LUIS RUIZ ROMERO
D. ÁNGEL SANTIAGO MARTÍNEZ GARCÍA
DÑA. MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO
En VALLADOLID, a cuatro de julio de dos mil siete.
VISTA en juicio oral y público, ante la Sección 4ª de esta Audiencia Provincial la causa instruida con el número 13/2007, procedente del Juzgado de JDO. INSTRUCCION N. 1 de VALLADOLID y seguida por el trámite de DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 1959/2005 por un delito contra la salud pública, contra Gustavo, con D.N.I. número NUM000, nacido en Ponferrada (León), el día 29-02-1984, vecino de Palencia, CALLE000 nº NUM001, hijo de Benigno y de Josefa, sin antecedentes penales computables a efectos de reincidencia, y en libertad provisional por esta causa; habiendo sido partes en el procedimiento, el Ministerio Fiscal como representante de la acusación pública; y el citado acusado, representado por el Procurador Don José María Ballesteros González y defendido por el Letrado Don José Luis Espinosa Rueda; y habiendo sido Ponente el Magistrado D. ÁNGEL SANTIAGO MARTÍNEZ GARCÍA.
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Las presentes actuaciones fueron tramitadas por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Valladolid como consecuencia de la denuncia presentada por el Centro Penitenciario de Valladolid, lo que dio lugar a la incoación de diligencias previas nº 1959/05, habiéndose practicado las diligencias probatorias que se estimaron procedentes.
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Llevadas a efectos indicadas diligencias probatorias y acordada por el instructor la prosecución del trámite establecido en el artículo 779,4ª de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se dio traslado de las diligencias al Ministerio Fiscal y a las partes personadas para que solicitaran la apertura del juicio oral o el sobreseimiento de la causa y evacuado tal trámite y adoptada la primera de las resoluciones, y señalada esta Audiencia como órgano competente para el conocimiento y fallo de la causa, se dio traslado de las actuaciones a la defensa del acusado quien evacuó el trámite formulando escrito de defensa, remitiendo a continuación los autos a esta Sala.
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Recibidas las actuaciones en esta Audiencia y examinadas las pruebas propuestas, se dictó auto admitiendo las pruebas propuestas por las partes que se estimaron pertinentes, acordándose su práctica en el mismo acto del juicio señalándose para la celebración del juicio el día 3 de julio de 2007.
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En el día y hora señalados, comparecieron las partes, se llevaron a cabo las pruebas ofrecidas por las mismas en los respectivos escritos y que en su momento fueron admitidas.
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El Ministerio Fiscal en el acto del juicio oral, elevó sus conclusiones a definitivas, calificando definitivamente los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública respecto de sustancias que causan grave daño a la salud, del que considera responsable en concepto de autor al acusado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal y solicitó la pena de tres años de prisión, con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por igual tiempo, multa de 44,86 €, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de...
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