SAP Vizcaya 260/2007, 27 de Marzo de 2007

PonenteMIREN NEKANE SAN MIGUEL BERGARECHE
ECLIES:APBI:2007:531
Número de Recurso138/2007
ProcedimientoRollo apelación abreviado
Número de Resolución260/2007
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 6ª

OFICINA COMUN DE TRAMITACION PENAL

TRAMITAZIO PENALEKO BULEGO KOMUNA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA. Sección 6ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ª Planta- C.P. 48001 Tfno.: 94-(4016668 )

Rollo Abreviado nº 138/07-6ª

Procedimiento nº 243/06

Jdo. de lo Penal nº 4 (Bilbao)

S E N T E N C I A N U M. 260/07

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. ANGEL GIL HERNANDEZ

MAGISTRADA DÑA. NEKANE SAN MIGUEL BERGARETXE

MAGISTRADA DÑA. MARIA JESUS REAL DE ASUA LLONA

En BILBAO, a 27 DE MARZO DE 2007.

VISTOS en segunda instancia, por la Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Bilbao, los presentes autos de Procedimiento Abreviado, seguidos con el número 243/06 ante el Jdo. de lo Penal nº 4 (Bilbao) por presunto delito de robo de uso de vehículo a motor, contra D. Carlos Ramón, con DNI NUM000, nacido en Aviles (Asturias) el día 15-6-1.974, hijo de Diego y de Encarnación, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, representado por la procuradora Sra. Fraga y defendido por el letrado Sr. Goikoetxea; siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal.

Expresa el parecer de la Sala, como Magistrada Ponente, la Iltma. Sra. Dña. NEKANE SAN MIGUEL BERGARETXE.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de Jdo. de lo Penal nº 4 (Bilbao) de los de dicha clase, se dictó con fecha 4 DE ENERO DE 2007 sentencia. La parte dispositiva o Fallo de la indicada sentencia dice textualmente: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a D. Carlos Ramón como autor, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un delito de hurto de uso de vehículo a motor a la pena de 8 meses de multa a razón de 8 euros al día, con la responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del Código Penal en caso de impago. Así como al pago de las costas procesales causadas.

En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a Dña. Amelia en la cantidad de 3.575,42 euros, con aplicación del interés del artículo 576 de la LEC."

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la representación de Carlos Ramón en base a los motivos que en el correspondiente escrito se indican y que serán objeto del fondo del recurso.

TERCERO

Elevados los Autos a esta Audiencia, se dió traslado de los mismos al Magistrado Ponente a los efectos de acordar sobre celebración de vista y, en su caso, sobre admisión de la prueba propuesta.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista, quedaron los autos vistos para sentencia.

Se dan por reproducidos los Antecedentes de la sentencia apelada.

Se mantienen los así declarados en la sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Dados los términos del recurso interpuesto y...

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