SAP León 63/2007, 4 de Junio de 2007
Ponente | MIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZ |
ECLI | ES:APLE:2007:628 |
Número de Recurso | 48/2007 |
Número de Resolución | 63/2007 |
Fecha de Resolución | 4 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - León, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
LEON
SENTENCIA: 00063/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCION TERCERA
LEON
Recurso Penal nº. 48/07
Expediente nº. 307/05
Juzgado de Menores de León
S E N T E N C I A Núm. 63/2007
Iltmos. Sres.
D. LUIS ADOLFO MALLO MALLO.- Presidente.
D. MIGUEL ANGEL AMEZ MARTÍNEZ.- Magistrado
Dª. Mª PILAR ROBLES GARCÍA.- Magistrada.
En León, a cuatro de junio de dos mil siete.
VISTOS ante el Tribunal de esta Sección Tercera, en grado de apelación, en el expediente nº. 307/05, procedentes del Juzgado de Menores de León, siendo parte apelante Cesar, dirigido por la letrada Dª. Margarita Martínez Trapiello, como apelado EL MINISTERIO FISCAL. Actuando como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. MIGUEL ANGEL AMEZ MARTÍNEZ.
La parte dispositiva de la sentencia recurrida es del tenor siguiente: "FALLO: Declaro al menor NUM000, ya circunstanciado, autor responsable de un delito de agresión sexual, ya definido, y, por ello, le impongo la medida de internamiento en régimen cerrado durante 12 meses, debiendo cumplir 6 meses de internamiento efectivo y otros 6 meses en régimen de libertad vigilada.
Absuelvo al menor de la falta de amenazas de que ha sido acusado".
Notificada dicha resolución, por la parte apelante se interpuso recurso que fue admitido, dándose traslado a las demás partes por un plazo común de diez días, impugnándose el recurso por el Ministerio Fiscal y, después de los trámites oportunos, se remitió todo lo actuado a esta Sección Tercera, señalándose para deliberación el día 21-Mayo-2007.
UNICO.- Se acepta el relato fáctico de la sentencia impugnada, que es del tenor literal siguiente "HECHOS PROBADOS: Probado y así se declara sobre las 19,30 horas del día 6.10.2005, Cesar, en el Burguer King del centro comercial Espacio León, arrojó de forma intencionada Ketchup en las ropas de Pilar, quien se dirigió a limpiarse al lavabo de señoras, hasta donde la siguió el citado Cesar y, abrazándola desde atrás, la introdujo en el servicio de caballeros, cerrando la puerta de uno de los inodoros, donde comenzó a tocarle a Pilar el culo y, cogiéndola la mano, se la llevó a sus genitales (a los de él) para que ella le acariciase, a la vez que le decía que "le chupase la polla o ¿me haces una mamadita? diciendo Pilar que no le hiciese nada y que la dejase marchar, a lo que Cesar le dijo que se callara y la dejaría irse, cosa que hizo fue transcurridos entre 10 y 15 minutos aproximadamente, Cesar, cuando momentos después fue retenido por los guardias de seguridad, con los que estaba el padre de Pilar, llamado Gonzalo, se dirigió a este diciéndole "hijo de puta, cabrón, maricón, te voy a matar" y palabras similares. Gonzalo, también dirigió expresiones semejantes al menor".
A tenor de las alegaciones que Cesar como apelante, y el Ministerio Fiscal como apelado, vienen a referir tanto en sus respectivos escritos al efecto como en sus alegaciones en la vista celebrada. Y habiendo procedido esta Sala, en la nueva valoración a llevarse a cabo en esta segunda instancia con plenitud de jurisdicción, a efectuar un nuevo análisis de las actuaciones procedimentales y resultado de las pruebas practicadas en el acto del juicio oral.
Tras su valoración en conjunto y de forma ponderada, se viene ahora a coincidir con el mismo criterio resolutivo al que llegó el Juez "a quo" en su sentencia en uso de la facultad que...
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