SAP Barcelona 211/2008, 3 de Marzo de 2008
Ponente | MARIA JOSE MAGALDI PATERNOSTRO |
ECLI | ES:APB:2008:2032 |
Número de Recurso | 47/2008 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 211/2008 |
Fecha de Resolución | 3 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 2ª |
Audiencia Provincial de Barcelona
SECCION SEGUNDA
Rollo de Apelación nº AP47/08-R
Proceso Abreviado nº 145/07
Juzgado de lo Penal nº 2 de Arenys de Mar
S E N T E N C I A nº 211
Ilmo. Sr. Presidente
D. Pedro Martín García
Ilmos. Srs. Magistrados
D. Javier Arzúa Arrugaeta
Dª María José Magaldi Paternostro
En la ciudad de Barcelona a tres de marzo de dos mil ocho
En nombre de S.M. el Rey, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona ha visto en grado de apelación el Proceso Abreviado nº 145/07, Rollo de Apelación nº AP47/07 sobre delito de abusos sexuales procedente del Juzgado de lo Penal nº 2 de Arenys de Mar, en el que fueron partes el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la Acción Pública y como acusado Lorenzo, representado por el Procurador Sr Prat Soler, Emilio Bello Fernández Valle, representado por el Procurador Sr Carbonell Boquet, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el referido acusado contra la sentencia dictada a 22 de noviembre de 2007 por el Sr. Juez del expresado Juzgado.
El recurso fue impugnado por el Ministerio Fiscal quien solicitó la confirmación de la sentencia objeto de apelación.
Ha sido Magistrado Ponente de esta resolución S.Sª Ilma Doña María José Magaldi Paternostro, quien expresa el parecer del Tribunal.
ANTECEDENTES DE HECHO
En fecha 22 de noviembre de 2007 y por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Arenys de Mar se dictó sentencia en el Proceso Abreviado nº 145/07 que contiene el fallo que aquí se da por reproducido por razones de economía procesal.
Apelada fue la sentencia por la representación procesal del acusado y previos los trámites legales se remitieron los autos a esta Sección teniendo entrada en la misma el día 26 de febrero de 2008, habiéndose celebrado el día de la fecha la preceptiva deliberación y votación del recurso interpuesto en cuya tramitación se han observado todas las prescripciones legales.
Se aceptan y se dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada
Se aceptan y se dan por reproducidos los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada, a los que se suman los contenidos en esta resolución.
Articula la representación procesal del acusado el recurso de apelación que interpone contra la sentencia dictada en la primera instancia sobre dos motivos jurídicos : a) error en la valoración de la prueba en la que habría incidido el Juez a quo y que habría comportado la sentencia condenatoria que contra el acusado pronuncia, siendo así que la prueba practicada en Juicio era insuficiente para fundar una condena por el tipo penal por el que se sostuvo acusación contra el mismo ; y b) indebida aplicación de lo dispuesto en el articulo 50.4 y 5 del CP
Sobre la base a los argumentos jurídicos que expone en el escrito de formalización del recurso, solicita la revocación de la sentencia y que se dicte otra de conformidad con sus pretensiones
El recurso de apelación solo en su segundo motivo puede prosperar en esta alzada por las razones jurídicas que se explicitan en los siguientes Fundamentos de Derecho.
Con carácter previo al análisis del fondo del primer motivo del recurso debe señalarse que si bien es cierto que el recurso de apelación permite la revisión...
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