Evolución desde el crimen al delincuente y a la víctima (Aproximaciones diacrónicas y sincrónicas a la Política Criminal)

AutorAntonio Beristain
CargoDirector del Instituto Vasco de Criminología-Catedrático emérito de Derecho Penal
Páginas73-87

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DEDICATORIA:

Dedico estas reflexiones sobre la evolución de la Política criminal al amigo y maestro Alfonso Reyes Echandía. Al citar su nombre, me acuerdo de la última escena de la película «La misión». Cuando el Señor Obispo escribe una carta al Sumo Pontífice Romano: «Santidad, ahora vuestros sacerdotes están muertos, y yo sigo vivo. Pero en verdad soy yo quien ha muerto y ellos son los que viven, porque, como sucede siempre, el espíritu de los muertos sobrevive en la memoria de los vivos». En la secuencia siguiente, una niña tiene que abandonar suPage 74 casa y su aldea incendiadas; al salir, encuentra un violín flotando en el río; lo recoge y lo abraza en su pecho. El violín está roto, pero a ella le brinda música e ilusión para seguir navegando río arriba.

Reyes Echandía no está muerto, está vivo entre nosotros, y estas notas pretenden encontrar lo que esa niña encontró, un violín que nos anime a seguir ilusionados. El violín de la Política criminal que, a lo largo de los siglos, respeta y desarrolla más y mejor los derechos humanos. El violín de la historia que va dando sentido a las diversas posturas que el hombre y la mujer hemos adoptado ante el enigma del crimen.

Comentaré la evolución diacrónica de las cuatro respuestas que, al ritmo de la historia, ha ideado y aplicado la humanidad frente a la realidad innegable del crimen:

1) la Política criminal desde la cosmovisión del Derecho penal, que controla la venganza primitiva, ilimitada;

2) la Política criminal inspirada en la Criminología, que mira hacia atrás (para eliminar la expiación vindicativa) y hacia adelante, para resocializar al delincuente;

3) la Política criminal derivada de la Victimología, con su creatividad desde la vulnerabilidad;

4) la Política criminal que a la multi e interdisciplinariedad añade la transdisciplinariedad. Al final, recapitularé esas cuatro etapas históricas desde una perspectiva sincrónica y/o metafísica.

1. Política criminal penalista

El primer punto trata de la Política criminal propia del Derecho penal. Comenzamos mirando sus grandes elementos positivos (porque toda realidad humana tiene algún valor positivo, incluso el delito, incluso la macrovictimación) y vemos después sus facetas negativas, mayores con el transcurso del tiempo. Si el Derecho penal no se auto-critica y evoluciona, si no toma en serio la doctrina de Thomas Khun, especialista en el estudio de las ciencias, cuando nos dice, con Heráclito, «panta rei», todo fluye, los paradigmas científicos de ayer ya no valen hoy, y los paradigmas científicos de hoy no valdrán mañana..., en ese supuesto sus coordenadas deben ser transformadas.

No miremos atrás con ira, porque es posible que nuestra crítica carezca de base; y, aunque sea fundada, no da frutos positivos si actuamos con ira. Miremos atrás con agradecimiento, un agradecimientoPage 75 crítico pero agradecimiento, reconociendo lo positivo que, en su tiempo, tienen todas las personas y todas las instituciones, en grado mayor o menor.

Al Derecho penal le compete el honor de, por lo menos, haber acabado con la venganza ilimitada. Ernst Bloch, en su libro Derecho natural y dignidad humana, agradece al Derecho penal que con su dogma de «ojo por ojo y diente por diente» superó la barbarie vindicativa irracional, y, así, inició el momento cero de la historia jurídico-penal. Desde entonces la respuesta al delito no deberá ser la venganza ilimitada e irracional; sino la medición, la proporcionalidad mínima de la pena, las garantías, las razones del proceso penal, etc.

No consideremos que el Derecho penal primitivo talional haya sido negativo, no. Fue útil e incluso «justo», en su tiempo. Entonces cumplió su misión. Ahora debe cumplir otra distinta. Como el árbol que florece en primavera y da frutos en otoño; el año siguiente debe dar otras flores y otros frutos distintos, mejores. El Derecho penal tradicional, si se mantiene todavía hoy, merece una crítica muy severa. Goya supo plasmarla en algunas de sus obras. Por ejemplo, en su famoso dibujo que él tituló con la frase «Divina Razón, no dejes ninguno» (circa 1820-1823, Museo del Prado). Esa censura de Goya al Derecho penal de su tiempo hemos de aplicarla con moderación al Derecho penal actual. Nuestro precursor del impresionismo y del expresionismo, consciente del valor y la dimensión del sentimiento y de la dignidad única e individual de todo ser humano, considera la justicia penal como un látigo con la única función de hacer sufrir, de matar a todos.

Si hablamos con artistas inteligentes y sensibles. Si les preguntamos cómo ven el Derecho penal, nos responderán siempre muy negativamente. Si conversamos con personas que hayan experimentado algo del Derecho penal o hayan tratado con ciertos jueces o fiscales «penalistas» oiremos que nos contestan: «eso no es humano, eso hay que superarlo».

Al Derecho penal le ha faltado autocrítica. Se fiaba totalmente de la lógica y del discurso meramente deductivo, silogístico. Y esta manera de juzgar y argumentar, sin la ayuda de otros criterios, engendra monstruos. Por ejemplo, la pena de muerte, la tortura, la equiparación de los delitos con los pecados, la sumisión ideológica a la censura de la autoridad eclesiástica (recordemos la infundada y trágica condena de Beccaria y de su excelente libro De los delitos y de las penas, y la condena de Dorado Montero, el insigne catedrático de Derecho penal de la Universidad de Salamanca y su suspensión de empleo y sueldo en junio de 1897), y tantas otras instituciones que el DerechoPage 76 penal ha creado y mantenido, sobre todo cuando se ha entregado incondicional a un partido político o a una fe religiosa. El discurso penalista no debe depender ni de la religión, ni de la política, ni de nadie; debe ser autónomo.

El Derecho penal ha aportado notables ventajas superadoras de la crueldad de los castigos primitivos. Pero, hoy en día ya no debemos conservar sus criterios teóricos y sus realidades prácticas. Algunas de las razones por las cuales no podemos mantener el Derecho penal tradicional las han formulado los creadores de la ciencia criminológica que nace a finales del siglo pasado. De ellas vamos a hablar ahora.

2. Política criminal criminológica

Como lógica consecuencia de la evolución social a lo largo de los siglos, la Política criminal que se deriva del Derecho penal ha ido (y continúa) fracasando cada día más, por múltiples motivos que ha detectado la nueva ciencia de la Criminología. Ahora indicamos algunos de los factores etiológicos del anacronismo del actual Derecho penal y cómo los ha intentado superar la Criminología.

Los penalistas actuales se equivocan en cuanto conservan criterios maniqueos, en cuanto apoyan el Derecho penal en la ley-dogma; en cuanto exageran la individualización exclusiva de la responsabilidad; y también en cuanto siguen aferrados al método deductivo, y a cierta dimensión teológica-confesional, etc.

Para los criminólogos el centro del Derecho penal no debe seguir siendo el crimen. Prefieren estudiar y conocer mejor al delincuente, su personalidad, su infancia, los motivos que le abocaron a la comisión del delito, etc.

Ante el autor de un delito hemos de intuir siempre una persona con sus dos facetas: ángel y bestia. Eso se aplica a todas las personas, como lo expresa gráficamente Julio Caro Baroja en su dibujo, en la portada del libro Criminología y Derecho penal al servicio de la persona (San Sebastián, IVAC, 1989).

Si los doctores o cultivadores de la Política criminal superan el talante maniqueo, nunca emplearán la palabra contra, o la palabra lucha, ni la palabra combate. Hacia ahí avanza la Criminología apoyándose en el principio de la responsabilidad universal compartida.

La Criminología pide que la Política criminal no lea el texto de la ley como uno de sus dogmas; sino que respete la máxima latina: Non ex regula ius summatur, sed ex iure quod est regula fíat, no se formulePage 77 la Política criminal de lo que dicen las leyes, sino de la realidad, del poder imponente de las cosas, de lo que es justo. Este puente directo con la realidad personal y social, es una innovación del método de la Política criminal criminológica. No construyamos el edificio de...

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