SAP Cantabria 30/2007, 22 de Febrero de 2007
Ponente | ERNESTO SAGÜILLO TEJERINA |
ECLI | ES:APS:2007:279 |
Número de Recurso | 314/2006 |
Número de Resolución | 30/2007 |
Fecha de Resolución | 22 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
SANTANDER
SENTENCIA: 01030/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA rollo RJ 314/06
Sección Primera
S E N T E N C I A 30/07
En la Ciudad de Santander, a veintidós de Febrero de dos mil siete.
El Ilmo. Sr. Ernesto Sagüillo Tejerina, Magistrado de la Sección Primera de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de faltas núm. 1946/06 del Juzgado de Instrucción núm. Uno de Santander, Rollo de Sala núm. 314/06, seguidos por falta contra los intereses generales contra DON Jose Carlos, siendo denunciante DON Luis Alberto, con intervención del Ministerio Fiscal.
En esta Segunda instancia ha sido parte apelante DON Luis Alberto y apelada DON Jose Carlos.
Por el Juzgado ya mencionado, en fecha dos de octubre de dos mil seis, se dictó Sentencia cuyo relato de Hechos Probados y Fallo son del tenor literal siguiente:
Hechos Probados: Que el día 9 de septiembre de 2006, sobre las 15,20 horas y cuando el denunciante había estacionado su vehículo en la C/ La Peseta se dirigió andando a la zona de estacionamiento. En ese momento se le acercaron dos perros que estaban amarrados entre sí pero sin sujetar a ningún sitio y, el mayor, mezcla cooker y perro de aguas, le mordió en la pierna derecha. Que como consecuencia de la mordedura del animal el denunciante resultó con lesiones consistentes en erosión en región externa de la rodilla derecha, ya curadas y que no dejaron secuelas.
Fallo: Debo absolver y absuelvo a Jose Carlos de la Falta contra los intereses generales de la que venía siendo acusado en el presente procedimiento y ello con declaración de oficio de las costas procesales causadas.
Notificada la Sentencia a las partes, por Luis Alberto se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y dado traslado del escrito de recurso a las demás partes por el plazo legal, se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial a efectos de resolución del recurso.
Se admiten los de la Sentencia de instancia, ya reproducidos.
Recurre Luis Alberto la sentencia del Juzgado de Instrucción que absolvió a Jose Carlos de la falta imputada.
Imputada una falta del artículo 631 del Código Penal, la punición de esta falta requiere como primer elemento, la existencia de un animal potencialmente peligroso. Razona la sentencia por qué razón no considera al perro como peligroso; para ello acude a la Ley 50/1999 de 23 de diciembre, que conceptúa como animales peligrosos a los perros que por su tipología racial, tamaño o potencia de mandíbula tengan capacidad para causar la muerte o lesiones en razón a su morfología, raza, tamaño, edad, agresividad, adiestramiento, destino, de presa o ataque, u otras características o circunstancias concurrentes de las que se deduzca a priori la peligrosidad ínsita del animal. Pero esa enumeración no es cerrada y se desarrolla por el Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo al incluir, en su artículo 2.2, entre los perros potencialmente peligrosos aquellos animales de la especie canina que, aunque no se encuentren incluidos en el apartado anterior (que se refiere a a la enumeración de la Ley 50/1999 ), manifiesten un carácter...
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