DECRETO 256/1997, por el que se regula la Comisión para asuntos europeos.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 256/1997, por el que se regula la Comisión para asuntos europeos.

El Decreto 37/1989, de 16 de marzo, creó la Comisión de Asuntos Comunitarios, como órgano de apoyo y asesoramiento a la Administración de la Comunidad en materias relacionadas con las Comunidades Europeas, adscribiéndola a la Consejería de Economía y Hacienda en razón de las competencias atribuidas a ésta por el Decreto 24/1987, de 26 de febrero, sobre coordinación en materia de asuntos comunitarios europeos.

Posteriormente, el Decreto 16/1993, de 4 de Marzo estableció de nuevo las competencias y composición de la Comisión de Asuntos Comunitarios para adaptarla a la nueva estructura de la Consejería de Economía y Hacienda y teniendo en cuenta asimismo la puesta en marcha del Mercado Unico Europeo y la preparación del nuevo Marco Comunitario de Apoyo 1994/1999.

Mediante el Decreto 125/1995, de 21 de julio, se reorganizaron los Organos Superiores de la Administración de Castilla y León, adecuándolos a la reestructuración de las Consejerías operada por el Decreto 114/1995, de 10 de julio, creándose la Dirección General de Asuntos Europeos, a quien corresponde, conforme al Decreto 206/1995, de 5 de octubre, sobre estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, la gestión de las competencias atribuidas a la Consejería en relación con la Unión Europea.

La nueva estructura administrativa y la experiencia acumulada por la Comisión durante su funcionamiento, aconsejan modificar su actual regulación, adaptándola a los cambios producidos, introduciendo una mayor flexibilidad, mediante la constitución de Comisiones Delegadas y Grupos de Trabajo, y una mayor estabilidad, mediante un calendario mínimo de reuniones.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 26 de diciembre de 1997,

DISPONGO:

Artículo 1 º - La...

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