Decreto-ley 2/2022, de 29 de marzo, por el que se amplían las medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía en las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía, y se adoptan medidas urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario y pesquero

AutorDra. Eva Blasco Hedo
CargoResponsable del Área de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas109-112
Recopilación mensual n. 123, Mayo 2022
109
Autonómica
Andalucía
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 4 de mayo de 2022
Decreto-ley 2/2022, de 29 de marzo, por el que se amplían las medidas urgentes para
paliar los efectos producidos por la situación de excepcional sequía en las
demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía, y se adoptan medidas
urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario y pesquero
Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Responsable del Área de Investigación y Formación del
Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: BOJA n. 64, de 4 de abril de 2022
Palabras clave: Aguas. Sequía. Demarcaciones Hidrográficas. Desalación. Aguas
regeneradas. Agricultura. Ganadería. Pesca. Fiscalidad. Tasas. Procedimientos
administrativos
Resumen:
Desde la aprobación del Decreto 178/2021, de 15 de junio, por el que se regulan los
indicadores de sequía hidrológica y las medidas excepcionales para la gestión de los recursos
hídricos en las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía, se han ido
declarando en situación de excepcional sequía distintos ámbitos geográficos de las mismas.
Sin embargo, el año hidrológico 2021-2022 está siendo excepcionalmente seco, donde las
precipitaciones y aportaciones acumuladas se han situado incluso por debajo de los valores
mínimos históricos registrados hasta la fecha.
Así, las reservas del conjunto de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias se sitúan
al 43,27% de su capacidad, si bien con una clara diferencia entre la demarcación hidrográfica
del Tinto, Odiel y Piedras (55,91%) y la del Guadalete y Barbate (35,02%), quedando en un
punto intermedio la de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas (42,37%). También las reservas
de agua en la demarcación hidrográfica del Guadalquivir, como consecuencia de la falta de
precipitaciones continuada, se encuentran en los niveles más bajos registrados desde hace
más de 25 años
Junto a los efectos sobre la garantía del abastecimiento en las poblaciones afectadas, las
situaciones de sequía hidrológica descritas terminan afectando de forma grave a los cultivos
de regadío, así como a las explotaciones agrícolas y ganaderas de la demarcación del
Guadalquivir. A ello se une la repercusión del incremento de los costes de producción y la
situación en Ucrania. Otro de los sectores afectados es la flota pesquera, hasta el punto de
resultar antieconómico esta actividad del sector primario como es la pesca extractiva; de ahí
que se establezcan medidas para reducir las cargas tributarias portuarias que pesan sobre
dicho sector.
Ante esta situación, el presente Decreto-ley tiene por objeto:

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