Decreto por el que se crea y regula la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos. (Decreto 239/2003, de 16 de septiembre)
Publicado en | BOA |
Ámbito Territorial | Normativa de Aragón |
Rango | Decreto |
El incremento de responsabilidades y competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en los distintos ámbitos y sectores que conforman su política económica aconseja reforzar y coordinar todos los Departamentos e instrumentos del Gobierno de Aragón, en aras a favorecer una mayor eficacia de sus actuaciones que redunde en cotas crecientes de progreso económico y bienestar social.
En este sentido, el Texto Refundido de la Ley del Presidente y del Gobierno, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2001 de 3 de julio, prevé en su artículo 17 la posibilidad de constituir Comisiones Delegadas del Gobierno de Aragón.
Dado que las medidas de política económica se ejecutan a través de diversos Departamentos, y aun siendo el competente en materia de Economía el principal inspirador de la misma, es oportuno crear una Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos que coordine y supervise todas ellas.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 16 de septiembre de 2003, DISPONGO:
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Se crea la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos.
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La Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos tendrá carácter permanente.
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La Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos estará compuesta por la Presidenta del Gobierno de Aragón, que la presidirá, y, por los Consejeros de Hacienda y Administración Pública; Economía y Empleo; Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes; Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente e Industria e Innovación.
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La Presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos será delegable en cualquiera de los Consejeros integrantes de la misma.
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Actuará como Secretaria de la Comisión Delegada del Gobierno de Aragón para Asuntos Económicos, con voz pero sin voto, la Secretaria General Técnica de la Presidencia.
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El Presidente de la Comisión podrá convocar a sus sesiones a otros Consejeros, altos cargos o personal al servicio de la Administración Autonómica, así como los responsables de los organismos, entidades y empresas de la Comunidad Autónoma de...
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