DECRETO 83/2022, de 5 de julio, por el que se desarrolla el programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas de 2022, para responder al impacto económico provocado por el incremento de los precios de la energía y de las materias primas.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de EconomÍA y Hacienda
Rango de LeyDecreto

En 2020 y 2021, con el objeto de responder al impacto económico de la pandemia, el Gobierno Vasco puso en marcha medidas extraordinarias destinadas a mitigar los daños que se preveía iba a ocasionar la crisis sanitaria en el tejido empresarial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Así, en 2020 aprobó el Decreto 50/2020, de 31 de marzo, por el que se desarrolla el Programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas para el año 2020, para responder al impacto económico del COVID-19, modificado por el Decreto 67/2020, de 19 de mayo.

De igual forma, en 2021 aprobó el Decreto 106/2021, de 9 de marzo, por el que se desarrolla el programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas de 2021 para responder al impacto económico del COVID-19.

Los programas de apoyo financiero instrumentados a través de los decretos señalados, junto con los convenios de colaboración formalizados con entidades financieras, permitieron dar respuesta a la demanda de financiación de las pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas, para atender a las necesidades de liquidez y financiación de circulante.

Al amparo de los referidos programas se formalizaron un total de 8.614 préstamos para un volumen de financiación de 754 millones de euros. Si bien, inicialmente el plazo de los préstamos era de 5 años, incluido 1 año de carencia opcional, en 2021 se dio opción a solicitud de las empresas beneficiarias a ampliar el plazo de la financiación 3 años, incluyendo un año más de carencia opcional. De esta forma, del importe total formalizado, 4.398 préstamos por un importe de 478 millones de euros, fueron objeto de novación modificativa de las condiciones financieras y plazo de la financiación.

En el marco de los referidos decretos la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi subvencionó el coste financiero de los préstamos, comprometiéndose a abonar el 100 % de los intereses remuneratorios y el 50 % de la comisión de aval de la financiación hasta el vencimiento de las operaciones, siempre y cuando las empresas cumplieran previamente con las obligaciones de pago.

Si bien estos programas de apoyo financiero, junto a otras medidas adoptadas por la administración, han permitido paliar en 2020 y 2021 el impacto económico de la COVID-19, favoreciendo que las empresas recuperasen en parte los niveles de actividad previos a la pandemia, a comienzos de 2022 se han producido nuevos acontecimientos que podrían condicionar la recuperación económica ya iniciada: así, la invasión rusa de Ucrania está teniendo importantes repercusiones en el ámbito empresarial, especialmente debido al incremento en los precios de la energía y de las materias primas que puede reducir la generación de ingresos y condicionar la devolución de la financiación concedida en tiempo y forma.

El Gobierno Vasco quiere continuar prestando su apoyo a las pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas, dada su importancia en el tejido empresarial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En tal sentido, el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 12 de abril de 2022 adoptó el «Acuerdo por el que se adoptan medidas presupuestarias en relación con las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania», dentro de cuyo paquete de medidas figura la siguiente:

El Departamento de Economía y Hacienda y Economía instará las modificaciones normativas oportunas para posibilitar la ampliación en un año de la carencia de las operaciones formalizadas al amparo del Decreto 50/2020, de 31 de marzo, y del Decreto 106/2021, de 9 de marzo, por los que se desarrolla el programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas de 2020 y 2021, respectivamente, para responder al impacto económico del COVID-19

Atendiendo a dicho Acuerdo, el objetivo del programa de apoyo financiero de 2022 es, por tanto, posibilitar que las pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas que formalizaron prestamos en el marco de los referidos decretos y tengan cuotas de amortización en 2022, puedan aplazar en un año la devolución de la financiación otorgada, sin que se modifique el plazo inicial de las operaciones.

Esta medida de apoyo financiero facilitará que las empresas y personas empresarias acomoden la devolución de la financiación concedida a la generación de cash-flow de sus respectivos negocios.

El nuevo programa de apoyo financiero afectará únicamente a la cartera de préstamos en vigor formalizados en 2020 y 2021 en el ámbito de los decretos indicados, sin que suponga una modificación en el plazo de las operaciones, la cuantía y las condiciones financieras de las operaciones.

La Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi subvencionará la reducción del coste de financiación, ajustando los pagos al nuevo calendario de amortización de los préstamos.

Todas las operaciones de financiación objeto de novación modificativa están avaladas por Elkargi, SGR y la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi tiene dotado un sistema de reafianzamiento a las operaciones de financiación avaladas por dicha sociedad, sin que la novación vaya a suponer modificación de las condiciones iniciales.

De acuerdo a lo expuesto, la presente norma regula las condiciones de acceso al programa, las empresas y personas beneficiarias, y las condiciones que regirán la novación modificativa de los préstamos. También comprende el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de novación ante Elkargi, SGR y las entidades financieras colaboradoras.

Por último, también se prevé que el Instituto Vasco de Finanzas, en el desarrollo de las funciones que tiene atribuidas, pueda conceder la novación modificativa de los préstamos, en calidad de entidad financiera colaboradora.

Para materializar el programa, se realizará una convocatoria única por Orden del Consejero de Economía y Hacienda y en la misma se indicará, el plazo y modo de presentación de solicitudes.

En virtud de ello, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno,

Artículo 1 – Objeto.

Mediante el presente Decreto se establecen las condiciones y el procedimiento de acceso al programa de apoyo financiero 2022, cuyo objeto es posibilitar que pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales...

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