DECRETO 67/2020, de 19 de mayo, de modificación del Decreto por el que se desarrolla el Programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas, para el año 2020, para responder al impacto económico del COVID-19.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Hacienda y EconomÍA
Rango de LeyDecreto

La crisis económica que surge a raíz de la propagación del virus «COVID19» está afectando, especialmente en su actividad diaria a las pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas en el desarrollo de sus actividades. En previsión de que esta tendencia continúe en los próximos meses, se han instrumentado desde las instituciones públicas una serie de medidas extraordinarias destinadas a mitigar, en la medida de lo posible, los daños que se prevé ocasionen la crisis sanitaria en el tejido empresarial de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En este sentido, el Gobierno Vasco aprobó el Decreto 50/2020, de 31 de marzo, por el que se desarrolla el Programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas para el año 2020 para responder al impacto económico del COVID-19.

Este Programa de Apoyo Financiero pretende complementar las diferentes líneas de apoyo a pymes y personas empresarias autónomas que, con motivo del COVID-19, ha ido implementando el Estado, entre estas, las líneas de crédito del Instituto de Crédito Oficial que permite obtener financiación en condiciones financieras ventajosas para garantizar la liquidez y la financiación de circulante de las pymes y personas empresarias autónomas.

El Programa de Apoyo Financiero instrumentando en el Decreto 50/2020 está dotado con un máximo de 500 millones de euros en préstamos a formalizar y tiene por objeto atender las necesidades de liquidez y financiación de circulante de 6 meses del citado colectivo de agentes económicos.

Sin embargo, en el contexto económico actual la demanda de financiación realizada a través de las entidades colaboradoras del programa, está superando las previsiones iniciales de financiación. A tenor de las solicitudes realizadas hasta el momento, por tanto, se hace necesario ampliar el volumen de ayudas previsto en el Programa para paliar el impacto económico del COVID-19.

Con el objeto de ampliar el volumen de las ayudas establecido en el Decreto 50/2020 y facilitar el acceso a la financiación, en condiciones ventajosas, a un mayor número de pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas, se hace necesario aprobar un Decreto que modifique el Programa de apoyo financiero a pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas para el año 2020 para responder al impacto económico del COVID-19.

El presente Decreto modifica los artículos 6, 7, 10, 11,12, 13, 14, y 15 del Decreto 50/2020, de 31 de marzo.

El artículo 6 del Decreto 50/2020, de 31 de marzo, se modifica para adaptar el límite de ayudas establecido para el sector agrícola, y sector de la pesca y de la acuicultura al Marco Nacional temporal relativo a las medidas de ayudas a la empresas y personas empresarias autónomas destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote del COVID-19, aprobado por la Comisión Europea en su decisión SA.56851 (2020/N), de 2 de abril.

Los artículos 7 y 12 del Decreto 50/2020, de 31 de marzo se modifican para dar una mayor atención a la demanda de financiación observada a través de las entidades colaboradoras por parte de las pequeñas y medianas empresas, personas empresarias individuales y profesionales autónomas. En este sentido, se eleva el volumen máximo de financiación de 500 millones de euros a 1.000 millones de euros y se incrementa de 100 a 150 millones de euros el importe garantizado, ampliable en caso de suficiente demanda, en la convocatoria para el colectivo de personas empresarias individuales y profesionales autónomas definidos el Capítulo 1 del Decreto 50/2020.

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