DECRETO 44/2021, de 4 de agosto, de tercera modificación del Decreto 80/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Hacienda. 

SecciónDisposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El artículo 10.1.1 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias atribuye al Principado de Asturias la competencia exclusiva sobre organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.

El artículo 8 de la Ley del Principado de Asturias 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración, señala que la creación, modificación y supresión de las Consejerías se establecerá por Decreto del Presidente del Principado de Asturias.

El Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, dispone en su artículo 4 que a la Consejería de Hacienda le corresponden, entre otras, las competencias en materia de patrimonio.

Posteriormente, en virtud del Decreto 6/2020, de 23 de junio, del Presidente del Principado de Asturias, de segunda modificación parcial del citado Decreto 13/2019, de 24 de julio, se establece en el artículo 9 de este último que a la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial le corresponden, entre otras, las competencias relativas a infraestructuras viarias y portuarias, transportes, conectividad y movilidad, ordenación del territorio y urbanismo; y asimismo, se añade una letra i) al artículo 4, relativo a la Consejería de Hacienda, para atribuir a esta última las competencias relativas al sector público de la Administración del Principado de Asturias.

Teniendo en cuenta las competencias establecidas en los Decretos precitados, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5 y 64 de la Ley del Principado de Asturias 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio, en relación con el artículo 67 de esta disposición legal, se considera necesario realizar una modificación de la estructura de la Consejería de Hacienda, determinada por el Decreto 80/2019, de 30 de agosto, que se circunscriba, exclusivamente, a atribuir a dicha Consejería el ejercicio de los derechos políticos derivados de la propiedad de sus acciones respecto a la Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo, S. A.

El presente decreto se ajusta a los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las...

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