DECRETO 44/2021, de 4 de agosto, de tercera modificación del Decreto 80/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Hacienda.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Hacienda |
Rango de Ley | Decreto |
El artículo 10.1.1 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias atribuye al Principado de Asturias la competencia exclusiva sobre organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno.
El artículo 8 de la Ley del Principado de Asturias 8/1991, de 30 de julio, de Organización de la Administración, señala que la creación, modificación y supresión de las Consejerías se establecerá por Decreto del Presidente del Principado de Asturias.
El Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, dispone en su artículo 4 que a la Consejería de Hacienda le corresponden, entre otras, las competencias en materia de patrimonio.
Posteriormente, en virtud del Decreto 6/2020, de 23 de junio, del Presidente del Principado de Asturias, de segunda modificación parcial del citado Decreto 13/2019, de 24 de julio, se establece en el artículo 9 de este último que a la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial le corresponden, entre otras, las competencias relativas a infraestructuras viarias y portuarias, transportes, conectividad y movilidad, ordenación del territorio y urbanismo; y asimismo, se añade una letra i) al artículo 4, relativo a la Consejería de Hacienda, para atribuir a esta última las competencias relativas al sector público de la Administración del Principado de Asturias.
Teniendo en cuenta las competencias establecidas en los Decretos precitados, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5 y 64 de la Ley del Principado de Asturias 1/1991, de 21 de febrero, de Patrimonio, en relación con el artículo 67 de esta disposición legal, se considera necesario realizar una modificación de la estructura de la Consejería de Hacienda, determinada por el Decreto 80/2019, de 30 de agosto, que se circunscriba, exclusivamente, a atribuir a dicha Consejería el ejercicio de los derechos políticos derivados de la propiedad de sus acciones respecto a la Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo, S. A.
El presente decreto se ajusta a los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las...
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