Decreto 42/2021, de 4 de agosto, de segunda modificación del Decreto 33/2020, de 2 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático. 

SecciónDisposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático
Rango de LeyDecreto
Preámbulo

El Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, modificado parcialmente por los Decretos del Presidente del Principado 26/2019, de 24 de agosto, y 6/2020, de 23 de junio, atribuye a la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, cuyo titular ostenta la condición de Vicepresidente del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, las competencias relativas a coordinación y seguimiento de la actividad del Gobierno, sin perjuicio de las propias de la Presidencia del Principado, relaciones del Consejo de Gobierno con la Junta General del Principado de Asturias, apoyo administrativo a la Presidencia del Principado de Asturias, sin perjuicio de las funciones de los órganos de apoyo encuadrados en la propia Presidencia, Secretariado del Gobierno, presidencia de la Comisión de Secretarios Generales Técnicos y elaboración de la propuesta del orden del día del Consejo de Gobierno, asistencia jurídica integral al Principado de Asturias, entendiendo por esta la representación y defensa en juicio, así como el asesoramiento legal, Función Pública, planificación de recursos humanos e Inspección General de Servicios, régimen jurídico y organización de la Administración, actuaciones administrativas en materia de procesos electorales de competencia de la Comunidad Autónoma, medio ambiente y cambio climático, así como las competencias en materia de recursos y obras hidráulicas, abastecimiento y saneamiento de agua.

Por Decreto 33/2020, de 2 de julio, se estableció la estructura orgánica básica de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, norma que experimentó una primera modificación en virtud del Decreto 75/2020, de 23 de octubre, por el que se crea la Comisión de Coordinación de Acción por el Clima en el Principado de Asturias, cuya disposición final primera añadió un número 3) a la letra b) del apartado 1 del artículo 1, incluyendo a la citada Comisión entre los órganos de asesoramiento y apoyo de la Consejería.

Para el desempeño de las competencias en materia de saneamiento de agua, la Ley 1/1994, de 21 de febrero, sobre abastecimiento y saneamiento de aguas en el Principado de Asturias, en su artículo 22 creó la Junta de Saneamiento como organismo autónomo adscrito a la Consejería competente en esa materia, regulación que fue desarrollada por el Decreto 19/1998, de 23 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo de la Ley 1/94, de 21 de febrero, sobre abastecimiento y saneamiento de aguas en el Principado de Asturias.

La Ley del Principado de Asturias 3/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2021, en su disposición adicional duodécima suprime la Junta de Saneamiento, con efectos anteriores, en todo caso, al 31 de diciembre de 2021. Además, señala el párrafo 2 que las funciones desarrolladas por la Junta de Saneamiento pasarán a ser desempeñadas por la Administración del Principado de Asturias, a través de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático.

Mediante Decreto 56/2021, de 29 de julio, del Presidente del Principado, de tercera modificación parcial del Decreto 13/2019, de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma, se atribuye a la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, la competencia en materia de selección y formación de empleados públicos, antes residenciada en la Consejería de Presidencia, incorporándose, en consecuencia, a la estructura orgánica de la Consejería, como órgano desconcentrado el Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, cuya organización se encuentra regulada por Decreto 15/2012, de 8 de marzo, por el que se regula la organización del Instituto Asturiano de Administración Pública “Adolfo Posada”, modificado por Decretos 32/2019, de 15 de mayo y 2/2020, de 13 de febrero.

Por ello, es preciso la modificación del Decreto 33/2020, de 2 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático, adaptando así la organización de la Consejería a la nueva atribución de funciones y distribución de competencias.

El artículo 25.n) de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno, reserva a este último la competencia para aprobar, a propuesta del respectivo titular, la estructura de las diferentes Consejerías así como la creación, modificación o supresión de unidades orgánicas superiores a negociado, atribución que reitera el artículo 13.1 de la Ley del Principado de...

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