DECRETO 24/2022, de 15 de febrero, por el que se aprueba el cambio de denominación del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Álava por el de Colegio Oficial de la Arquitectura Técnica de Araba/Álava.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorDepartamento de Gobernanza PÚBlica y Autogobierno
Rango de LeyDecreto

El artículo 10.22 del Estatutos de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma del País Vasco la competencia exclusiva en materia de colegios profesionales y ejercicio de las profesiones tituladas, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 36 y 139 de la Constitución.

Por el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Álava fue presentada solicitud de aprobación de la modificación de sus estatutos, en la cual se incluye el cambio de denominación del mismo.

Los artículos 28.2 y 29.3 de la Ley 18/1997, de 21 de noviembre, de ejercicio de profesiones tituladas y de colegios y consejos profesionales establecen que, para la modificación de la denominación de los colegios profesionales será preceptivo el informe del consejo profesional correspondiente, aprobarse mediante decreto del Gobierno Vasco, y, por último, publicarse en el Boletín Oficial del País Vasco.

Sobre estas bases, considerando justificada la solicitud promovida por el referido colegio, y una vez cumplidos los trámites previstos en la legislación vigente, a propuesta de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 15 de febrero de...

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