Decreto 23/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Decreto 77/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Fecha de publicación26 Marzo 2021
Número de registro2021/3500
Fecha23 Marzo 2021
SecciónI.- DISPOSICIONALES GENERALES
Número de Gaceta59/2021
EmisorConsejo de Gobierno
I.- DISPOSICIONES GENERALES
Presidencia de la Junta
Decreto 23/2021, de 23 de marzo, por el que se modica el Decreto 77/2019, de 16 de julio, por el que se establece
la estructura orgánica y se jan las competencias de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha. [2021/3500]
Mediante el Decreto 56/2019, de 7 de julio, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se
establece la estructura de la Administración Regional, integrada por la Vicepresidencia y nueve Consejerías.
Entre otras funciones la Vicepresidencia se encarga de potenciar la actuación del Gobierno en defensa de los
intereses de la Región en las relaciones con otras Administraciones Públicas, así como con la Unión Europea, y
de impulsar y coordinar las actuaciones que afectan a las competencias e intereses de la Comunidad Autónoma en
dichos ámbitos.
La experiencia acumulada en el ejercicio de las competencias en materia de relaciones institucionales y de asuntos
europeos, desde que ambas materias quedaron bajo la dependencia de la Vicepresidencia, aconseja llevar a cabo su
delimitación con una formulación más técnica y precisa que la genérica empleada en el Decreto 77/2019, de 16 de julio,
que es tributaria, a su vez, de la que utilizó en el Decreto 80/2015, de 14 de julio, a la vez que se dota a la persona titular
de la Dirección de la Ocina de Castilla-La Mancha ante la Unión Europea de un alto grado de autonomía en la gerencia
profesional de la participación de las entidades públicas o privadas de la región en los proyectos y programas europeos
y responsabilidad en el cumplimiento de sus objetivos.
Por ello, a propuesta de la Vicepresidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de
marzo de 2021,
Dispongo:
Artículo único. Modicación del Decreto 77/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se jan
las competencias de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
El Decreto 77/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y se jan las competencias de
los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, queda modicado del
siguiente modo:
Uno. Se añade un apartado nuevo, el 4, al artículo 3, Órganos de la Vicepresidencia, con el siguiente contenido:
“4. De la Vicepresidencia depende la Ocina de Castilla-La Mancha ante la Unión Europea, cuyas funciones principales
son la actuación como órgano de relación con la Representación Permanente de España ante la Unión Europea, el
seguimiento del proceso de toma de decisiones en las instituciones y órganos consultivos de la Unión Europea y la
asistencia al Gobierno Regional en su interlocución con las mismas y con el resto de regiones y entes locales de otros
Estados miembros con los que Castilla-La Mancha establezca relaciones de colaboración o partenariado en defensa
de intereses comunes, así como con cualesquiera redes y foros relevantes para Castilla-La Mancha en el ámbito de la
Unión Europea.
Al frente de esta Ocina, habrá un Director o Directora, con autonomía funcional para la gerencia profesional de la
participación de entidades públicas o privadas de la Comunidad Autónoma en los proyectos y programas europeos y con
responsabilidad en el logro de los objetivos de obtención de nanciación de la Unión Europea para dichos proyectos que
le marque la Vicepresidencia. La gerencia de la participación de entidades públicas y privadas castellano-manchegas en
proyectos y programas europeos recibirá la consideración de gerencia de programas públicos o proyectos a efectos de
lo dispuesto el artículo 4.2.c) del Decreto 215/2019, de 30 de julio, del Estatuto de la Dirección Pública Profesional de la
Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Para las tareas ordinarias dependerá funcionalmente de la Dirección General de Asuntos Europeos.”
AÑO XL Núm. 59 26 de marzo de 2021 12445

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