DECRETO 179/2021, de 5 de noviembre, del Consell, de establecimiento de las bases y criterios generales para la selección, promoción y movilidad en los cuerpos de policía local de la Comunitat Valenciana. [2021/11654]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Justicia, Interior y Administracion Publica
Rango de LeyDecreto

ÍNDICE

Título I Disposiciones generales a las convocatorias Artículos 1 a 3
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 2 Criterios y principios de las convocatorias
Artículo 3 Publicidad de las convocatorias
Título II Selección de policías locales y provisión de puestos Capítulo I. Sistemas de acceso y reserva de plazas Artículos 4 a 26
Artículo 4 Sistemas de acceso y reserva de plazas
Capítulo II Acceso por turno libre para la categoría de agente Artículos 5 y 6
Artículo 5 Requisitos
Artículo 6

Ejercicios y temarios.

Capítulo III Acceso por turno libre para la categoría de inspector o inspectora Artículos 7 y 8
Artículo 7 Requisito
Artículo 8 Ejercicios y temarios
Capítulo IV Disposiciones comunes al acceso por turno libre Artículos 9 a 13
Artículo 9 Curso selectivo
Artículo 10

Duración del curso selectivo.

Artículo 11 Calificación
Artículo 12 Personal funcionario en prácticas
Artículo 13

Nombramiento.

Capítulo V Promoción interna Artículos 14 a 17
Artículo 14 Concepto y clases
Artículo 15 Requisitos
Artículo 16 Fases del proceso de selección por promoción interna para la escala ejecutiva, oficial/a
Artículo 17 Fases del proceso de selección por promoción interna para las escalas técnica y superior
Capítulo VI Provisión de puestos Artículos 18 a 25
Sección primera Movilidad Artículos 18 a 23
Artículo 18

Concepto.

Artículo 19 Convocatoria
Artículo 20 Requisitos
Artículo 21 Desarrollo del concurso
Artículo 22 Nombramiento y cese
Artículo 23 Efectos del cese y toma de posesión
Sección segunda Mejora de empleo Artículo 24
Artículo 24 Régimen de la mejora de empleo en los cuerpos de policía local de la Comunitat Valenciana
Sección tercera Otras formas de provisión Artículo 25
Artículo 25 Permuta y comisión de servicios
Capítulo VII Reingreso Artículo 26
Artículo 26 Reingreso al servicio activo
Título III Órganos técnicos de selección Artículos 27 a 29
Artículo 27 Órganos técnicos de selección
Artículo 28 Composición
Artículo 29 Designación de vocales a propuesta de la AVSRE Disposiciones adicionales

Primera. Incidencia presupuestaria

Segunda: Temario oposiciones

Tercera: Convocatorias por el IVASPE de pruebas físicas y psicotécnicas

Cuarta. Formación del personal propuesto por la AVSRE como miembro de los órganos técnicos de selección

Disposiciones transitorias

Primera. Convocatoria de puestos vacantes

Segunda Porcentajes de reserva de plazas para agentes femeninas Tercera. Entrevista personal semiestructurada

Disposición derogatoria única Derogación normativa Disposiciones finales

Primera. Habilitación

Segunda. Entrada en vigor

Anexo I Cuadros de distribución de reservas de plazas para turno libre, movilidad, promoción interna y promoción interadministrativa con movilidad.
Anexo II Cuadro de exclusiones médicas.
Anexo III Temarios de acceso a las distintas escalas. Anexo IV. Pruebas psicotécnicas.
Anexo V Pruebas físicas.
Anexo VI Entrevista.
Anexo VII Baremo de méritos.
Anexo VIII Modelo certificado médico

La Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, regula en su título IV los sistemas de selección y de provisión de puestos del personal integrante de los cuerpos de policía local pertenecientes a los municipios valencianos. De esta manera, en el ejercicio de las competencias autonómicas en la materia, la ley valenciana ha establecido los criterios y principios básicos que han de garantizar la aptitud, capacitación y profesionalidad de las personas llamadas prestar los servicios que corresponden a los cuerpos de policía local, así como la objetividad e imparcialidad en el desarrollo de los procedimientos de selección y provisión de los empleados públicos de los cuerpos de policía local de la Comunitat Valenciana.

Dicho título IV de la Ley ha sido desarrollado por el Decreto 153/2019, de 12 de julio, del Consell, de establecimiento de las bases y criterios generales para la selección, promoción y movilidad de todas las escalas y categorías de los cuerpos de la Policía Local de la Comunitat Valenciana. Sin embargo, el sistema de selección originalmente previsto en la Ley 17/2017 ha sido objeto de una revisión profunda como consecuencia de las modificaciones introducidas por la Ley 9/2019, de 23 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat, especialmente con la eliminación del curso de capacitación y la fase previa que se configuraban como requisitos ineludibles para la participación en los procesos de selección de policías locales.

En consecuencia, este decreto tiene por objeto actualizar el desarrollo reglamentario de la Ley de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, con el fin de adaptarlo a las nuevas disposiciones legales mediante las pertinentes modificaciones en la configuración de los procesos selectivos y de provisión de puestos que articulan el ingreso en los cuerpos policiales y el desarrollo de la carrera profesional de su personal. En particular, se regula el curso selectivo que deberán realizar en el Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (IVASPE) todas las personas que superen las pruebas de acceso a la escala básica de policía local, en sustitución del curso previo de capacitación que preveía la ley antes de la modificación operada en diciembre de 2019.

Así mismo, este decreto sistematiza y actualiza las disposiciones reguladoras de determinados aspectos de dichos procedimientos hasta ahora dispersas en diversas órdenes dictadas en su día por la conselleria competente en materia de policías locales, incorporando como anexos las normas que regulan los ejercicios y programas de las pruebas selectivas, los cuadros de exclusiones médicas, los criterios de valoración de entrevistas y los baremos aplicables a la valoración de méritos.

Por otra parte, también constituye un aspecto novedoso el desarrollo de la previsión contenida en la disposición transitoria séptima de la Ley 17/2017, por la que se establecen medidas correctoras de la desigualdad de género en los cuerpos de policía local, y que ha sido recientemente modificada por el Decreto ley 10/2020, de 24 de julio, con el fin de adaptarla a las exigencias de la normativa europea.

La amplitud y trascendencia de las modificaciones hacen conveniente adoptar una nueva norma que sustituya en su totalidad al Decreto 153/2019, conforme a los criterios que establece el artículo 3 del Decreto 24/2009, de 13 de febrero, del Consell, sobre la forma, la estructura y el procedimiento de elaboración de los proyectos normativos de la Generalitat. De esta manera, tanto las administraciones que han de gestionar los procedimientos aquí regulados como todas las personas interesadas disponen de un texto completo que facilita su conocimiento y su aplicación, en aras de la simplicidad normativa y de la seguridad jurídica.

En la elaboración de la presente disposición se han seguido los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de

las administraciones públicas. Se trata de una norma necesaria para posibilitar la plena y adecuada aplicación de la Ley 17/2017, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, que permite garantizar la homogeneidad indispensable en los procesos de selección, promoción y movilidad de los miembros de los cuerpos de Policía Local de los municipios valencianos, mediante una regulación proporcionada a las competencias propias de las corporaciones locales y a las exigencias derivadas de la legislación vigente en materia de función pública, sin que se introduzcan obligaciones, restricciones de derechos ni cargas administrativas que no deriven directamente de dichas normas legales. De este modo, el decreto contribuye a afirmar los principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, al establecer y...

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