Declaración jurada Cese de actividad

Actualizado aFebrero 2023
MINISTERIO
DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
INSTITUTO SOCIAL DE
LA MARINA
www.seg-social.es
Declaración jurada de la prestación por cese de actividad de los
trabajadores autónomos
En virtud de la prescripción recogida en el art. 332 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
(TRGLSS), aprobado por Real Decreto legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en cuyo artículo se determina la forma
de acreditación de la situación legal de cese de actividad en cada uno de los supuestos tasados que se enumeran
en el artículo 331 del mismo cuerpo legal, se certifica lo siguiente:
D/Dña. ____________________________________________________________________________________
con número de afiliación a la Seguridad Social ______________________con DNI o NIE ________________
y domicilio en _______________________________________________________________________________
declara bajo su responsabilidad que:
A) Supuestos generales. El trabajador autónomo declara que ha cesado:
1) Por la concurrencia de motivos económicos, técnicos productivos u organizativos determinantes de
la inviabilidad de proseguir la actividad económica o profesional por alguna de estas causas:(marque
y complete según proceda)
Pérdidas derivadas del ejercicio de su actividad en un año completo superiores al 10% de los ingresos
obtenidos en el mismo periodo. El primer año de actividad no computará en ningún caso a estos
efectos.
Ejecuciones judiciales o administrativas tendentes al cobro de deudas reconocidas por los órganos
ejecutivos que comportan, al menos, el 30% de los ingresos de la actividad del trabajador autónomo
correspondientes al ejercicio económico inmediatamente anterior.
Declaración judicial de concurso que impida continuar con la actividad, en los términos de la Ley
22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Muerte, incapacidad o jubilación del titular del negocio en el que el autónomo realizaba funciones
de ayuda familiar.
Autónomos con trabajadores: Reducción del 60% de la jornada de la totalidad de los trabajadores o
Suspensión temporal de los contratos de trabajo de al menos el 60% de los trabajadores, y cumple
requisitos de reducción de ingresos y de rendimientos netos mensuales exigidos.
Autónomos sin trabajadores: Mantenimiento de deudas exigibles superiores al 150% de ingresos
ordinarios de la empresa o ventas durante los 2 trimestres fiscales previos a la solicitud (excluidas
las deudas con Hacienda y Seguridad Social), y cumple requisitos de reducción de ingresos y de
rendimientos netos mensuales exigidos.
A continuación, el declarante aporta datos relativos al resultado económico motivador del cese de la actividad:
a) Supuesto de pérdidas en el año superiores al 10% de los ingresos obtenidos en un año completo:
Ejercicio Ingresos por la actividad % Pérdidas/ingresos
Cálculo: Cx100/A
Gastos por la actividad
Resultado (pérdidas) Cálculo: A-B
%
A
B
C
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