SAP Madrid 112/2008, 27 de Febrero de 2008

PonenteJUAN UCEDA OJEDA
ECLIES:APM:2008:2410
Número de Recurso414/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución112/2008
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14

MADRID

SENTENCIA: 00112/2008

Rollo: RECURSO DE APELACION 414 /2007

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

PABLO QUECEDO ARACIL

AMPARO CAMAZON LINACERO

JUAN UCEDA OJEDA

En MADRID, a veintisiete de febrero de dos mil ocho.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 572/2005, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 1 de MOSTOLES, a los que ha correspondido el Rollo 414/2007, en los que aparece como parte apelante MANCOMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE CALLE DIRECCION000, NÚMEROS NUM000 AL NUM001 DE MÓSTOLES (MADRID), representada por la procuradora Dña. GRACIA ESTEBAN GUADALIX, en esta alzada, y como apelados DIRECCION001 COMUNIDAD DE BIENES, representada por la procuradora Dña. OLGA ROMOJARO CASADO, en esta alzada, y COMERCIALIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN ARTE EN EL HOGAR, S.L., representada por la procuradora Dña. MARÍA DEL CARMEN IGLESIAS SAAVEDRA, en esta alzada, quienes formularon oposición al recurso en base a los escritos que a tal efecto presentaron, sobre cese en el desarrollo de actividades molestas, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN UCEDA OJEDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Móstoles (Madrid), en fecha 26 de octubre de 2006 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente: "Que habiendo visto los presentes autos, en virtud de demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios DIRECCION002, C/ DIRECCION000 nº NUM002 de Móstoles contra la mercantil Comercialización y Distribución de Arte en el Hogar (Codiarte S.L.)y la entidad DIRECCION001 C.B., acuerdo la terminación del proceso por satisfacción extraprocesal o carencia sobrevenida del objeto del proceso, ello sin efectuar expreso pronunciamiento con relación a las costas procesales, debiendo satisfacer cada parte las causadas a su instancia, y las comunes por mitad.".

SEGUNDO

Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte MANCOMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE DIRECCION000, NÚMEROS NUM000 AL NUM001 DE MÓSTOLES (MADRID), al que se opuso la parte apelada DIRECCION001 COMUNIDAD DE BIENES y COMERCIALIZACIÓN Y DISTRIBUCIÓN ARTE EN EL HOGAR, S.L., y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 19 de febrero de 2008.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales, excepto en el plazo para dictar sentencia, debido al cúmulo de asuntos pendientes que pesan sobre esta Sección.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan y reproducen los razonamientos jurídicos de la resolución apelada.

PRIMERO

La Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 nº NUM002 de Móstoles, que con motivo de estos mismos hechos había presentado distintas denuncias y quejas ante el Ayuntamiento, en ejercicio de la acción del artículo 7º de la Ley de Propiedad Horizontal y tras adoptar los acuerdos oportunos en el seno de la Junta de Propietarios y remitir los requerimientos exigidos por la ley, presentó demanda contra la sociedad limitada Comercialización y Distribución de Arte en el Hogar (en adelante CODIARTE), propietaria del local nº 6 de tal edificio y contra don Carlos Ramón y doña Luisa, arrendatarios del mismo donde explotan un bar-restaurante, para que, en primer lugar, se les ordene cesar en la actividad desarrollada en el mismo que, debido al uso indebido de las instalaciones, provoca la emisión de ruidos, humos, gases y olores, provenientes de la cocina, en segundo se decrete extinguido el contrato de arrendamiento...

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