SAP Barcelona, 30 de Enero de 2003
ECLI | ES:APB:2003:811 |
Número de Recurso | 475/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN CUARTA
ROLLO Nº 475/2002
MENOR CUANTÍA n° 129/2000
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N° 23 de BARCELONA
SENTENCIA Núm.
Ilmos. Sres.
D./Dª. VICENTE CONCA PÉREZ
D./Dª. AMPARO RIERA FIOL
D./Dª.
D./Dª. MIREIA RIOS ENRICH
En la ciudad de Barcelona, a treinta de enero de dos mil tres.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Menor Cuantía n° 129/2000, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia n° 23 de Barcelona, a instancia de D/Dª. Irene , contra RENFE. los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 13 de Febrero de 2002, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por D. Luis Enrique en nombre y representación de Dª. Irene , absolviendo a la demandada RED NACIONAL DE FERROCARRILES ESPAÑOLES de las pretensiones contra ella ejercitadas, con imposición al actor de las costas causadas."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 28 de enero de 2003.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el/la Iltmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MIREIA RIOS ENRICH.
Por la parte actora-apelante se formula demanda en reclamación de 3.609.023 pesetas contra la entidad RENFE, como consecuencia de las lesiones y secuelas sufridas por una caída cuando bajaba por las escaleras del paso interior de la Estación de RENFE de Sant Vicenç de Castellet, como consecuencia de tres factores: a) del material utilizado en la escalera en cuestión, piezas de gres desprovistas de material antideslizante, b) que la escalera se hallaba mojada y c) la inexistencia de baranda en la parte inferior de la escalera.
Durante el periodo probatorio, la demandante modifica los hechos en los que fundamenta su demanda en el sentido de que la caiga ocurrió en las escaleras del paso interior de la estación de RENFE de la ciudad de Manresa.
Tras valorar las pruebas practicadas, la sentencia de primera instancia absuelve a la entidad demandada ante la ausencia de reproche culpabilístico imponiendo a la actora las costas procesales.
Frente a dicha resolución, la parte demandante interpone recurso de apelación alegando, en síntesis, la errónea valoración de la prueba practicada, y la...
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