SAP Santa Cruz de Tenerife 162/2007, 22 de Mayo de 2007
Ponente | PABLO JOSE MOSCOSO TORRES |
ECLI | ES:APTF:2007:1272 |
Número de Recurso | 38/2007 |
Número de Resolución | 162/2007 |
Fecha de Resolución | 22 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª |
S E N T E N C I A N.º 162.
Rollo n.º 38/07.
Autos n.º 193/06.
Juzgado de 1ª Instancia n.º 2 de Santa Cruz de La Palma.
Ilmos. Sres.:
PRESIDENTE
Don Pablo José Moscoso Torres.
MAGISTRADOS
Don Emilio Fernando Suárez Díaz.
Doña Alicia González Navarro.
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En Santa Cruz de Tenerife, a veintidós de mayo de dos mil siete.
Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Santa Cruz de La Palma, en los autos n.º 193/06, seguidos por los trámites del juicio ordinario y promovidos, como demandante, por DOÑA Natalia, que ha comparecido ante este Tribunal representada en primera instancia por la Procuradora Doña Beatriz Ripollés Molowny y dirigida por el Letrado Don José Miguel Jaubert Lorenzo, contra DON Cornelio y contra la entidad aseguradora «MAPFRE GUANARTEME COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS DE CANARIAS S.A.», representados por la Procuradora Doña María Eugenia Beltrán y dirigidos por el Letrado Don Jerónimo Chacopino Molina; ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Pablo José Moscoso Torres, con base en los siguientes
Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.
En los autos indicados el Ilmo. Sr. Juez Don César Romero Pamparacuatro dictó sentencia el veintisiete de Octubre de dos mil seis cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por el Procurador D. Luis Alberto Hernández de Lorenzo y Nuño en nombre y representación de Dª. Natalia contra D. Cornelio y Mapfre Guanarteme cía de seguros y reaseguros S.A., debo condenar y condeno a D. Cornelio y Mapfre Guanarteme cía de seguros y reaseguros S.A. a que abonen, de una manera conjunta y solidaria a D. Natalia, la cantidad de siete mil ochocientos siete euros (7.807 €), más los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil respecto de D. Cornelio y los intereses legales incrementados en un 50% desde el día 27 de Febrero de 2006 respecto a la Cía aseguradora Mapfre Guanarteme cía de seguros y reaseguros S.A., todo ello con expresa imposición de costas procesales a las demandadas».
Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandada, DON Cornelio y entidad MAPFRE GUANARTEME, COMPAÑÍA DE SEGUROS, en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte...
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