SAP Madrid 343/2006, 7 de Junio de 2006

PonenteLORENZO PEREZ SAN FRANCISCO
ECLIES:APM:2006:8364
Número de Recurso184/2006
Número de Resolución343/2006
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª

LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZ PEDRO POZUELO PEREZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18

MADRID

SENTENCIA: 00343/2006

Rollo: RECURSO DE APELACION 184 /2006

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 831 /2003

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 68 de MADRID

PONENTE: ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO

APELANTE: PARZARA, S.L., COPROMA GESTIONES Y CONTRATAS, S.L.

PROCURADOR: PEDRO MORENO RODRIGUEZ, M. DEL MAR RODRIGUEZ GIL

APELADO:

PROCURADOR:

En MADRID, a siete de junio de dos mil seis.

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ

ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO

ILMO. SR. D. PEDRO POZUELO PÉREZ

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 68 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante PARZARA, S.L. representada por el Procurador Sr. Moreno Rodríguez y de otra, como apelante demandada COPROMA GESTIONES Y CONTRATAS, S.L. representada por la Procuradora Sra. Rodríguez Gil, seguidos por el trámite de juicio ordinario.

Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 68 de Madrid, en fecha 25 de octubre de 2005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda presentada por la entidad mercantil Parzara S.L., representado/a en autos por el/la procurador/a Sr. Moreno Rodríguez, contra la entidad mercantil Coproma Gestiones y Contratas, representado/a en autos por el/la Procurador/a Sr. Rodríguez, debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos en su contra vertidos en el escrito de demanda y con desestimación igualmente de la reconvención deducida de contrario, debo absolver y absuelvo a la actora reconvenida de las peticiones en su contra deducidas por dicha vía reconvencional y todo ello con pronunciamiento en cuanto a costas en la forma que se detalla en los fundamentos de la presente".

SEGUNDO

Por la parte demandante y demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 6 de junio de 2006.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Habiéndose interpuesto recurso tanto por la parte actora Parzara S.L. como por la demandante reconvencional Coproma Gestiones y Contratas, S.L., ha de comenzarse el estudio de los recursos de apelación por el interpuesto por Parzara, puesto que la estimación de su recurso haría inútil e innecesario el examen de la pretensión deducida en vía reconvencional de cumplimiento del contrato de compraventa suscrito entre las partes, pasando pues al examen del recurso interpuesto por la entidad Parzara S.L. la cuestión fundamental y nuclear en el...

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