SAP Murcia 202/2003, 17 de Junio de 2003
Ponente | ANTONIO SALAS CARCELLER |
ECLI | ES:APMU:2003:1634 |
Número de Recurso | 199/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 202/2003 |
Fecha de Resolución | 17 de Junio de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
SENTENCIA N° 202/2.003
En la ciudad de Murcia, a diecisiete de junio de dos mil tres.
Vistos por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio verbal procedentes del juzgado de Primera Instancia n° 1 de Murcia y seguidos ante el mismo con el n° 12/01 -Rollo n° 199/03-, en los que figura como demandante doña María Cristina , representada por la Procuradora Sra. Bernal Morata y defendida por el Letrado Sr. Sánchez Martínez, y como demandados don Baltasar , la Cía de Seguros Europa S. A., en liquidación, representada por el Procurador Sr. Aledo Martínez y defendida por la Letrada Sra. Bouza Ramírez, y el Consorcio de Compensación de Seguros, defendido por el Sr. Abogado del Estado, versando sobre reclamación de cantidad; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la Cía de Seguros Europa S. A. contra la sentencia de fecha 27 de junio de 2002, dictada por el referido juzgado, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Presidente don Antonio Salas Carceller, que expresa el parecer de la Sala.
La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO" "Que estimando la demanda presentada por el Sr. Procurador Bernal Morata en nombre y representación de María Cristina contra D. Baltasar , Europa en Liquidación representada por el Sr. Procurador Aledo Martínez y contra Consorcio de Compensación de Seguros condeno a los demandados a que paguen solidariamente al actor 5.158., 42 Euros por incapacidad laboral, 3.462,15 Euros por secuelas y 1.883,57 Euros por gastos médicos, limitándose la condena a 100.000 Ptas para el Consorcio respecto de estos últimos, intereses, que serán moratorios para el consorcio sólo computados a partir de la fecha de la reclamación previa, con imposición de costas a los demandados.".
Contra la misma se preparó e interpuso por escrito, en tiempo y forma, por la parte demandada ya citada recurso de apelación, con alegación de los motivos en que basaba la impugnación, el cual fue admitido a trámite dándose traslado del referido recurso a las demás partes a fin de que pudieran oponerse al mismo o impugnar a su vez la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable, elevándose a continuación los autos a esta Audiencia Provincial donde se formó el correspondiente Rollo, elcual quedó pendiente de resolución.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
La parte recurrente impugna la sentencia apelada en cuanto la misma no se pronuncia sobre la excepción deprescripción alegada por dicha parte al contestarla, con amparo...
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