Crònica legislativa: Navarra

AutorIñigo Lamarca Iturbe
CargoLetrado de las Juntas Generales de Gipuzkoa
Páginas321-324

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Estructurada en los cuatro apartados que empleamos habitualrnente en la elaboración de esta Crónica, ésta recoge las normas y las resoluciones más significativas relativas al euskara o vascuence publicadas en el Boletín Oficial de Navarra durante el primer semestre de 1995.

Administración pública foral

En este capítulo hemos de reseñar en primer lugar la Orden foral 52/1995, de 1 de junio, del consejero de Presidencia (bon núm. 77, de 19 de junio), por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del «Centro de euskaldunización de las Administraciones Públicas de Navarra». Dicho centro se constituye dentro del Negociado de Formación adscrito a la Dirección General de Política Lingüística que depende del Departamento de Presidencia con el fin de realizar actividades de formación y capacitación en euskara dirigidas a los empleados de las administraciones públicas de Navarra. Los cursos que se preven expresamente en el Reglamento son muy variados: pueden tener la duración de un curso académico, pueden ser intensivos de un mes, de verano, cursos específicos para la obtención del título ega acreditativo de la posesión de un nivel de conocimiento del euskara adecuado, cursos de preparación técnica especializada...

La Resolución 151/1995, de 9 de febrero, del director general de Política Lingüística (bon núm. 22, de 17 de febrero), aprueba la convocatoria de solicitudes de ayuda a las entidades locales de Navarra para programas de euskaldunización del personal al servicio de la Administración localPage 322para el curso 1995/96, programas que las entidades locales o agrupaciones de los mismos pueden llevar a cabo al amparo del Decreto foral 9/1990, de 25 de enero, que regula la concesión de ayudas para la financiación de proyectos para protección y fomento del euskara en la Comunidad Foral.

Educación

La Orden foral 88/1995, de 21 de marzo, del consejero de Educación y Cultura (bon núm. 45, de 7 de abril), aprueba la decimoquinta convocatoria del Plan de formación en lengua vasca del profesorado con destino en los centros de niveles no universitarios de la Comunidad Foral de Navarra para el curso escolar 1995/96. Esta actividad de formación se inició en 1983 y consiste en la realización de diversos cursos de aprendizaje y reciclaje en euskara, al objeto de atender la necesidad derivada de la demanda social de enseñanza en o de euskara. Los cursos se estructuran en dos modalidades; la primera conlleva la liberación de tareas docentes —cubriendo los puestos provisionalmente vacantes con sustitutos— para que los interesados puedan realizar un curso intensivo. Además de esta modalidad, se regulan las ayudas individuales para clases de euskara en centros privados para el supuesto de que éstas se cursen en horario extralaboral sin liberación de las tareas docentes.

Mediante la Orden foral 242/1995, de 10 de mayo, del consejero de Educación y Cultura (bon núm. 68, de 29 de mayo), se aprueba la convocatoria de subvenciones a líneas nuevas en centros escolares para adquisición de material en euskara para el año 1995. Las ayudas van dirigidas a aquellos centros que incorporen por primera vez durante el curso 1995/96 nuevas líneas de o en euskara (en cualquiera de las tres modalidades A, B o D) o se encuentren en periodo de consolidación por su incorporación en el año precedente. Las ayudas se conceden para la adquisición de material bibliográfico, de material audiovisual e informático (no los aparatos), de juegos educativos o de trabajos de adaptación o traducción de materiales expresos dirigidos al alumno y cuya oferta no existe en el mercado.

Por último, hemos de constatar la Orden foral 243/1995, de 10 de mayo, del consejero de Educación y Cultura (bon núm. 69, de 31 de mayo), por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la creación, traducción y adaptación al euskara de material educativo de niveles no universitarios de la Comunidad Foral de Navarra para el año 1995. El material educativo objeto de subvención puede tratarse de material impreso, audio-Page 323visual o informático y puede referirse a trabajos creados originalmente en euskara por profesores/as de centros públicos o privados concertados de Navarra o bien a trabajos traducidos o adaptados del castellano u otra lengua realizados por editoriales o autoeditores.

Euskaldutización y alfabetización de adultos

En este apartado únicamente hemos de reseñar la Orden foral 28/1995, de 3 de febrero, del consejero de Educación y Cultura (bon núm. 25, de 24 de febrero), por la que se aprueba la convocatoria libre del año 1995 para la obtención del Título de aptitud en euskara (ega), título éste de carácter oficial, que existe con la misma denominación en la Comunidad Autónoma Vasca y que acredita a quien lo obtiene tener un conocimiento del euskara adecuado y suficiente en los niveles hablado y escrito.

Fomento del euskara

Por medio de la Orden foral 16/1995, de 24 de enero, del consejero de Educación y Cultura (bon núm. 17, de 6 de febrero), se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de diversas ayudas para actividades culturales. De entre estas ayudas hemos de reseñar una cuya dotación máxima es de 3 millones de pesetas destinada a apoyar la realización de actividades artísticas y culturales relacionadas con cualquiera de las funciones que tiene encomendada la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana (música, teatro, cine, vídeo, literatura, artes plásticas, etc.) y en las que el uso del euskara resulte fundamental. Nótese que el criterio idiomático para la asignación de la ayuda es que su uso sea fundamental, no exclusivo, sin que se concrete este extremo, lo cual confiere a la Comisión adjudicataria de la ayuda un amplísimo margen de discrecionalidad.

La Resolución 148/1995, de 9 de febrero, del director general de Política Lingüística (bon núm. 22, de 17 de febrero), aprueba la convocatoria de ayudas para la realización de actividades culturales de fomento y desarrollo del euskara en Navarra. La dotación máxima es de 40 millones y el objeto es la promoción de actividades culturales relacionadas con exposiciones, conferencias, música, teatro, vídeo y otras análogas destinadas al fomento del euskara en Navarra y que se realicen a lo largo del año 1995. Los sujetos beneficiarios pueden ser entidades locales o personas físicas o jurídicas domiciliadas en la Comunidad Foral.

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Del director general de Educación es la Resolución 506/1995, de 8 de mayo, publicada en el núm. 68 del bon, por la que se autoriza la convocatoria de ayudas para 1995 a la publicación de estudios, trabajos e investigaciones acerca del euskara y su enseñanza en la Comunidad Foral de Navarra. Los trabajos subvencionables deberán ser estudios, trabajos o investigaciones acerca de la organización, planificación y desarrollo de la enseñanza en euskara, priorizándose aquellos que versen sobre la enseñanza en o del euskara en los diversos modelos o niveles.

Mediante la Resolución 187/1995, de 3 de abril, del director de Política Lingüística (bon núm. 55, de 1 de mayo), se convocan ayudas a la edición de obras literarias escritas en vascuence o traducidas al mismo. Se contemplan las modalidades de teatro, poesía y narrativa en su doble vertiente de obra de creación y traducción. Las ayudas consistirán en una subvención no superior al 50 % de los gastos generados por ediciones no venales y no superior al 20 % en ediciones de venta al público.

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