SAP Murcia 50/2007, 14 de Febrero de 2007

PonenteMARIA DEL PILAR ALONSO SAURA
ECLIES:APMU:2007:281
Número de Recurso358/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución50/2007
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

MURCIA

SENTENCIA: 00050/2007

Rollo núm. 358/06

Apelación Civil.

S E N T E N C I A Nº /2007

ILTMOS. SEÑORES

D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ

Presidente

Dª MARÍA PILAR ALONSO SAURA

D. CAYETANO BLASCO RAMÓN

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a catorce de Febrero de dos mil siete.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Tercera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio Ordinario nº 469/04 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Yecla entre las partes, como demandante y en esta alzada apelada la mercantil ALLIANZ, representada por el Procurador D. Jerónimo Muñoz Mojica y dirigido por el Letrado D. Juan José Alonso Hernández, y como demandada y en esta alzada apelante PIQUERSA CONSTRUCCIONES, S.L., representado por el Procurador D. Fernando Alonso Martínez y defendido por el Letrado D. José Manuel Zapater Ibáñez.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha veinte de julio de dos mil cinco, dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Señor Muñoz Mojica en nombre y representación de mercantil ALLIANZ, debo condenar y condeno a PIQUERSA CONSTRUCCIONES, S.L. al pago de la cantidad de 3.579,20 €, mas los intereses legales desde la interposición de la demanda y al pago de las costas del proceso".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación por la parte demandada, y siendo tramitado fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo por la Sección Tercera con el nº 358/06, dictándose la presente sin celebración de vista.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alega por la parte demandada mediante el recurso de apelación que ha interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia, la vulneración de los artículos 216 y 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y la existencia de error en la valoración de la prueba, con base, en síntesis, en que con la demanda no se han aportado documentos fundamentales no solo para acreditar los hechos, sino para legitimar la propia actuación de la compañía de seguros demandante, y que la apelante ha sido condenada a pagar más cantidad de la que en cualquier caso la demandante tenía obligación de haber pagado a su presunto asegurado, que se ha confundido la acción que debe ejercitarse, de responsabilidad contractual, objetivando la responsabilidad, careciendo la sentencia apelada de fundamentación jurídica, siendo las declaraciones del representante legal de la demandante, del testigo- perito, y del representante legal de Plataformas Elevadoras de Alquiler S.L. claramente interesadas y subjetivas, que por la prueba practicada queda duda de si la demandada ha causado...

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