SAP Murcia 107/2008, 13 de Marzo de 2008
Ponente | MARIA DEL PILAR ALONSO SAURA |
ECLI | ES:APMU:2008:200 |
Número de Recurso | 406/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 107/2008 |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
SENTENCIA
NÚM. 107/08ILMOS. SRS.
D. ANDRÉS PACHECO GUEVARA
PRESIDENTE
D. FERNANDO LÓPEZ DEL AMO GONZÁLEZ
Dª. Mª PILAR ALONSO SAURA
MAGISTRADOS
En la Ciudad de Murcia, a trece de marzo de dos mil ocho.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de juicio ordinario
que en primera instancia se han seguido con el nº 620/04 en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Lorca, entre partes, como
demandante y en esta alzada apelado Winterthur Seguros, representada por el Procurador D. Jesús Chuecos Hernández y
dirigida por la Letrada Dña. Rosa Carmona Valera , que se ha personado ante esta Audiencia Provincial representada por el
Procurador D. José Julio Navarro Fuentes, y como demandadas Asefa S.A. de Seguros y Reaseguros representada por el
Procurador D. Agustín Aragón Villodre y dirigida por el Letrado D. José Ignacio Hebrero Álvarez, y Transportes Hermanos Piñero
S.L. esta última apelante representada por el Procurador D. Alfonso Canales Valera y dirigida por el Letrado D. Antonio Segura
Asensio, que se ha personado ante esta Audiencia Provincial representada por el Procurador D. José Augusto Hernández
Foulquié. Es Ponente la Ilma. Sra. Dña. Mª PILAR ALONSO SAURA, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de Instancia citado con fecha 7 de diciembre de 2006 , dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Chuecos Hernández en nombre y representación de Winterthur Seguros en cuanto dirigida contra "Transportes Hermanos Piñerp, S.L.", debo condenar y condeno a "Transportes Hermanos Piñerp, S.L." a que abone a la actora la suma de 95.749 euros con 57 céntimos de euro, más los intereses legales de dicha cantidad en la forma establecida en el Fundamento de Derecho Tercero de esta Sentencia, y todo ello con expresa imposición de costas a "Transportes Hermanos Piñero, S.L.". Y que debo desestimar y desestimo la demanda en cuanto dirigida contra la Aseguradora Asefa, absolviéndola de los pedimentos deducidos en su contra, y todo ello sin hacer expresa imposición de costas.
Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma interpuso recurso de apelación en representación de la demandada Transportes Hermanos Piñero S.L., dándose traslado a la parte demandante, y a las codemandadas y previo emplazamiento de las partes , fueron remitidos los autos originales a esta Audiencia, en la que se formó el oportuno rollo por la Sección Primera con el nº 406 /07, señalándose para deliberación y votación el día de 5 de los corrientes por providencia de 21 de enero último.
Se invoca en primer lugar en el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia la excepción de litisconsorcio pasivo necesario por no haber sido traídos al proceso al arquitecto técnico o aparejador que intervino en la obra, argumentando sobre ello, excepción desestimada en el acto de la Audiencia Previa, y cuya desestimación ha de confirmarse en esta alzada, en atención a la naturaleza de la relación en que se insertan los daños y perjuicios que se reclaman, relación contractual de suministro de materiales , habiendo sido llamada al proceso la parte contratante con la asegurada de la demandante, que ejercita la acción prevista en el artículo 43 de la Ley de Contrato de Seguro , por lo que la relación jurídica procesal se encuentra debidamente constituida, al margen de la solidaridad de la responsabilidad de los intervinientes en un ilícito culposo, en que es posible...
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