SAP León 193/2007, 18 de Junio de 2007

PonenteAGUSTIN PRIETO MORERA
ECLIES:APLE:2007:693
Número de Recurso107/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución193/2007
Fecha de Resolución18 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 193/07

ILMOS. SRES.:D. MANUEL GARCÍA PRADA.- PRESIDENTE

D. RICARDO RODRÍGUEZ LÓPEZ.- MAGISTRADO

D. AGUSTÍN PRIETO MORERA.- MAGISTRADO SUPLENTE

En la ciudad de León a dieciocho de Junio de dos mil siete.

VISTOS ante el Tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de León el recurso de apelación arriba indicado, en el que han sido partes de una como apelante, en el que han sido partes de una como apelante ALLIANZ S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS representada por el Procurador Valdeón Valdeón, COMBUSTRANS LOPY S.L. representada por la Procuradora Prieto Fernández en calidad de apelante-apelada, María Consuelo declarada en rebeldía como apelada, actuando como Ponente el ILMO. SR. D. AGUSTÍN PRIETO MORERA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 25 de Octubre de 2005 se dictó por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Ponferrada Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO.- Estimo parcialmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Fra García en representación de COMUSTRANS LOPY S.L. y en consecuencia debo condenar solidariamente a la aseguradora ALLIANZ y a María Consuelo , declarada en rebeldía en estos autos, al pago a la actora del importe de tres mil trescientos veinticuatro con veinte euros (3.324,20 euros), que devengará para la aseguradora el interés previsto en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro y para la codemandada el legal desde la fecha de emplazamiento todo ello sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

SEGUNDO

Contra la mencionada Sentencia se interpuso por la partes apelantes recursos de apelación, dándose traslado del mismo a las demás partes a fin de que puedan impugnarlos o adherirse.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala de la Audiencia y personadas las partes se les dio número de Rollo y seguidos los trámites se señaló día para deliberación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al contenido de la sentencia de instancia que estima parcialmente la acción de culpa extracontractual ejercitada por la actora COMBUSTRANS LOPY S.L. al amparo de lo dispuesto en el artículo 1902 del C. Civil contra María Consuelo conductora del vehículo, y la Cía. de Seguros ALLlANZ S.A. en reclamación de los daños y perjuicios derivados del accidente de circulación de referencia , presentan recurso las partes comparecientes la actora COMBUSTRANS S.L y la codemandada ALLlANZ S.A. Comenzando por razones de claridad expositiva a resolver el recurso de la codemandada ALLlANZ S.A.

SEGUNDO

La citada Compañía de Seguros disconforme con el mencionado pronunciamiento judicial comparece en esta alzada interesando la revocación parcial de dicha sentencia. Como aseguradora del vehículo que destrozó una caseta de obra es condenada al pago de su valor, pero no está de acuerdo en los siguientes conceptos en que fue condenada por la sentencia de instancia: Con la procedencia del pago de 720 € por el alquiler de una caseta de obra durante seis meses y medio, porque la caseta siniestrada se pudo haberse adquirido desde el mismo día del siniestro sin necesidad de alquilar ninguna; con el pago del IVA del valor de la caseta, cantidad que según la aseguradora puede repercutir en sus clientes y por ello se daría un enriquecimiento injusto, así como la aplicación de los intereses del artículo 20 LCS que no sería procedente al faltar la liquidez de la deuda.

Concretada en los indicados términos las cuestiones impugnatorias suscitada la aseguradora, entiende este Tribunal, tras la revisión de lo actuado en estos autos que, efectivamente asiste razón, si bien en parte, a la Aseguradora recurrente en la pretensión que solicita, por lo que procede, como seguidamente se argumentará, la revocación en parte de la sentencia apelada.

En este sentido cabe afirmar que la primera discrepancia de la parte aseguradora con la pretensión actora, aceptada íntegramente en la citada sentencia, se concreta tanto en la no justificación en los autos de la necesidad de uso de una caseta de sustitución, como, en su caso, en el exceso temporal de su utilización. Y es lo cierto, como decimos, que dicho motivo de apelación debe encontrar acogida parcial en esta alzada.En efecto, el informe pericial que se ratificó en juicio (fols. 37 -8), pone de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Granada 443/2008, 31 de Octubre de 2008
    • España
    • 31 de outubro de 2008
    ...sido devuelto o compensado por la Agencia Tributaria. En esta línea, además de las que cita la resolución recurrida, se sitúan la SAP de León de 18-6-2007 (Sección 1ª); la SAP Castellón (Sección 1ª) 3 -abril-2007; SAP Pontevedra de fecha 2-enero-2007 (Sección 6ª) o la de Lleida (Sección 2ª ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR