SAP Almería 24/2007, 29 de Enero de 2007
Ponente | RAFAEL GARCIA LARAÑA |
ECLI | ES:APAL:2007:61 |
Número de Recurso | 290/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 24/2007 |
Fecha de Resolución | 29 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA
SECCIÓN Nº 1 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERIA
N.I.G. 0401337C20060000893
Nº Procedimiento:Ap. Civil 290/2006
Autos de: 82/2006
Juzgado de origen: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 4 DE EL EJIDO
Apelante: Everardo
Procurador: BARON CARRILLO, DAVID
Abogado: ROSARIO MARIA FERNANDEZ DONAIRE
Apelado: ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS S.A.
Procurador: MARTA DIAZ MARTINEZ
Abogado: ESTEBAN GIMENEZ RIVADENEYRA
SENTENCIA nº 24/07
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA
SECCIÓN 1ª
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. Benito Gálvez Acosta
MAGISTRADOS
D. Rafael García Laraña
Dª Gema Solar Beltrán
En la ciudad de Almería, a veintinueve de enero de dos mil siete.
La Sección 1ª de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo nº 290/2006, los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de El Ejido, seguidos con el nº 82/2006 sobre reclamación de cantidad en juicio verbal.
Es demandante D. Everardo, representado por el Procurador D. David Barón Carrillo y defendido por la Letrada Dª Rosario María Fernández Donaire.
Es demandada "Allianz Seguros y Reaseguros, S.A.", representada por la Procuradora Dª Marta Díaz Martínez y defendida por el Letrado D. Esteban Giménez Rivadeneyra.
En fecha 6 de abril de 2006, el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de El Ejido dictó sentencia en los referidos autos cuyo fallo dispone:
"Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. José Román Bonilla Rubio, en nombre y representación de D. Everardo, contra "Allianz Seguros y Reaseguros, S.A.", debo absolver y absuelvo a la parte demandada de las pretensiones deducidas contra ella, imponiendo las costas a la parte actora".
Contra la referida sentencia, la representación de la parte demandante presentó escrito preparatorio de recurso de apelación y, una vez emplazada para ello, lo interpuso. Del escrito de recurso se dio el preceptivo traslado a la parte apelada, que se opuso a la apelación y, seguidamente, fueron elevadas las actuaciones a esta Sala donde se incoó el correspondiente Rollo y, en fecha 25 de los corrientes, quedó concluso para resolver.
Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Rafael García Laraña.
Para resolver la impugnación que nos ocupa, conviene resaltar los datos que pasamos a exponer:
-
D. Everardo promueve procedimiento monitorio frente a "Allianz Seguros y Reaseguros, S.A.", aduciendo que un automóvil asegurado por ésta produjo un siniestro de tráfico al colisionar con otro vehículo propiedad de Dª Natalia ; que dicha señora se vio obligada a alquilar otro vehículo al hoy reclamante y que, en pago de dicho arriendo, le cedió el crédito que ostentaba frente a "Allianz Seguros y Reaseguros, S.A.", por lo cual D. Everardo reclama frente a dicha aseguradora el importe debido por el alquiler de vehículo sustitutivo antes indicado.
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Ante la oposición expresada por la parte reclamada y de conformidad con lo dispuesto en el art. 818.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se convocó a las partes a juicio verbal, donde D. Everardo mantuvo y formalizó su pretensión, la demandada contestó oponiéndose, la actora propuso prueba y, sin embargo, el Juzgado la rechazó aduciendo que la...
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