SAP Barcelona 445/2005, 15 de Julio de 2005

PonenteROSA MARIA AGULLO BERENGUER
ECLIES:APB:2005:7378
Número de Recurso727/2004
Número de Resolución445/2005
Fecha de Resolución15 de Julio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOCUARTA

ROLLO Nº 727/2004

PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 765/2003

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 38 DE BARCELONA S E N T E N C I A N ú m. 445/05

Ilmos. Sres.

D. FRANCISCO JAVIER PEREDA GÁMEZ

Dª. CARMEN VIDAL MARTÍNEZ

Dª. ROSA Mª AGULLÓ BERENGUER

En la ciudad de Barcelona, a quince de Julio de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimocuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 765/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona, a instancia de Dª. Montserrat, contra CENEO, S.A. (UNIPERSONAL); los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 18 de Mayo de 2.004, por el/la Juez del expresado Juzgado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimar la demanda formulada por la Procuradora Doña Melania Serna Sierra en representación de Montserrat contra CENEO SA representada en autos por la procuradora Doña Carlota Pascuet Soler absolviendo a la demandada de los pedimentos de la demanda con costas a la actora.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso al mismo; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 1 de Julio de 2.005.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ROSA Mª AGULLÓ BERENGUER.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ante la desestimación de la demanda y la apelación de la parte actora, se plantean nuevamente las excepciones de falta de legitimación "ad causam" y la de inexigibilidad de la reclamación, que la sentencia acoge. Considera la Juez "a quo" que el contrato de "renting" sólo afecta a arrendador más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda de acuerdo con los artículos 1100 y 1108 del C.C ., sin perjuicio de la acción que, en su caso, pudiera competir a la empresa demandada contra CaixaRenting.

SEXTO

Al estimarse en parte tanto la apelación como la demanda, no...

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