SAP Cádiz 32/2005, 25 de Febrero de 2005

PonenteRAMON ROMERO NAVARRO
ECLIES:APCA:2005:896
Número de Recurso194/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución32/2005
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 5ª

CARLOS ERCILLA LABARTAANGEL LUIS SANABRIA PAREJORAMON ROMERO NAVARRO

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ

SECCION 5ª

Presidente: Don Carlos Ercilla Labarta

Magistrados: Don Angel Sanabria Parejo y Don Ramón Romero Navarro

Juzgado de Primera Instancia núm 4 de Cádiz

Asunto núm 265/2003

Rollo de apelación núm 194 / 2004

S E N T E N C I A Nº 32/2005

En Cádiz a veinticinco de febrero de dos mil cinco.-

Visto por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados del margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de juicio ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia referenciado, cuyo recurso fue interpuesto por MAPFRE representada por el procurador Sr. Guillén Guillén y defendida por el letrado Sr.Don Fernando Estrella Ruiz y en el que es parte recurrida Jesús representado por el procurador Sr. Gómez Fernández y defendido por la letrado Sra. Dª Eva María Cordoba Serrano y OCIDIS S.L. representada por la procuradora Sra. Domínguez Flores y defendida por el letrado Sr. Don José Manuel Martinez Pérez

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Ramón Romero Navarro, que expresa el parecer de esta Sala y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que por la Sra. Magistrado- Juez de Primera Instancia núm 4 de Cádiz con fecha 3 de mayo de 2004 dictó sentencia en los presentes autos, cuyo Fallo es del siguiente tenor literal: "Que estimando en parte la demanda formulada por la representación procesal de Don Jesús contra obras Civiles y Servicios de Demolición S.L. Suministradora Eléctrica de Cádiz y Mapfre Seguros debo absolver y absuelvo a la entidad Suministradora Eléctrica de Cádiz de las peticiones formuladas en su contra y debo condenar y condeno a las entidades Obras Civiles y Servicios de Demolición S.L. y Mapfre Seguros a abonar solidariamente al actor la cantidad de 109.336,98 euros. Asimismo debo condenar y condeno tan solo a Obras Civiles y Servicios de Demolición S.L. a pagar al actor la cantidad de 1.202,02 euros. Las cantidades acordadas en el presente fallo devengarán los intereses establecidos en el fundamento de derecho cuarto de esta resolución; todo ello sin expresa condena en costas.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la representación de la parte apelante se preparó, en tiempo y forma, recurso de apelación por entender lesiva para sus intereses la resolución de instancia. Admitido que lo fue en ambos efectos, y formalizado motivando los motivos de disentimiento con la sentencia, se dio traslado del escrito de formalización a la parte contraria por plazo de diez días a fin de que pudieran oponerse al recurso o impugnar la resolución. Transcurrido dicho término se elevaron a esta Audiencia los autos originales con los escritos presentados.-

TERCERO

Recibidos los autos, formado el rollo correspondiente para sustanciar la apelación, turnada que fue la ponencia y no habiéndose propuesto prueba en el escrito de interposición, quedaron los autos conclusos para dictar resolución dentro del término legal.-

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan en tanto contradigan los siguientes

PRIMERO

En los casos en que se ha ocupado el Tribunal Supremo del enjuiciamiento de sucesos análogos al de autos (caídas de transeúntes en la vía pública o de personas en el interior de locales y establecimientos comerciales) -STS 30-julio-92, 12 de noviembre 1993 y 12 de julio 1994- ha establecido que no puede declararse una responsabilidad objetiva por la aplicación de la...

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