SAP León 378/2003, 23 de Diciembre de 2003

PonenteMANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO
ECLIES:APLE:2003:1872
Número de Recurso455/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución378/2003
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 2ª

SENTENCIA NUM. 378-03

ILMOS. SRES.:

D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Presidente Accidental

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- MagistradoD. BALTASAR TOMAS CARRASCO.- Magistrado Suplente

En León, a veintitrés de Diciembre de dos mil tres.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial de LEON, los Autos de Procedimiento Ordinario nº 264/03 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de León, a los que ha correspondido el Rollo 455/2003, en los que aparece como parte apelante DIEZ Y HERREROS,

S. L. representado por el procurador D. JAVIER MUÑIZ BERNUY, y asistido por el Letrado D. JOSÉ JAVIER OTEGUI GARCÍA, y como apelada la COMUNIDAD PROPIETARIOS PASEO000 , NUM000 DE LEON representado por la procuradora Dª SOLEDAD TARANILLA FERNANDEZ, y asistida por el Letrado D. EUFENIO GARCIA ALVAREZ, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado antes expresado, se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: 1.- Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por el procurador Sr. Muñiz Bernuy, en nombre y representación de ENTIDAD MERCANTIL DIEZ HERREROS, S.L., contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE PASEO000 NUM000 , absolviendo a la demandada de las pretensiones contra ella deducidas.

  1. - Debo condenar y condeno a la demandante al pago de las costas procesales."

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia que lleva fecha 31 de Julio de 2003, se interpuso recurso por la parte apelante, y dado traslado a la parte apelada ante el Juzgado, por está se opuso al mismo, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Segunda de la Audiencia Provincial, señalándose para la deliberación, el pasado 16 de Diciembre de 2003.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Los de la sentencia de instancia se sustituyen por los siguientes, y

PRIMERO

Aparece como probado en el presente pleito que en fecha uno de abril de 1.991 se inició la vigencia del contrato conservación y mantenimiento de ascensores entre Construcciones Gambar como representante de la Comunidad de Propietarios del edificio sito en el PASEO000 num. NUM000 de León, y la entidad dedicada a dicho servicio DIEZ Y HERREROS SL, pactándose un importe mensual de 14.675 Ptas. y una duración de cinco años prorrogables automáticamente por iguales periodos sucesivos, mientras una de las partes no o denunciase con un mes de antelación a su vencimiento, produciéndose la primera de prórrogas en el mes de abril de 1.996, e iniciándose la segunda de ellas en fecha de abril de 2001, y que debía de finalizar esta segunda prórroga el 31 de marzo de 2006; siendo así que en fecha 13 de diciembre de 2002 la Comunidad de Propietarios del PASEO000 num. NUM000 comunica a la entidad DIEZ Y HERRREROS SL (ASCENSORES DIHER SL) la rescisión y finalización del contrato de mantenimiento de ascensor antes referido y ello con efectos del día 1 de enero de 2003, quedando por tanto hasta finalizar el plazo de vigencia del contrato treinta y nueve meses. Como quiera que la comunidad de propietarios no alega causa justa ninguna para la rescisión, Ascensores Diher SL, insta en la demanda el cumplimiento del contrato o subsidiariamente la indemnización de los daños y perjuicios a razón del importe de los 39 meses que quedaban para la finalización del contrato. La sentencia de instancia desestima la demanda en atención a la falta de legitimación pasiva de la Comunidad de Propietarios, pues razona que el contrato de mantenimiento fue suscrito por la Constructora del edificio "Construcciones Garmar" y no por la referida Comunidad, y contra cuya resolución se alza la parte actora, la entidad mercantil "Ascensores Diher SL".

Planteado en los anteriores...

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