SAP Madrid 490/2006, 27 de Julio de 2006

PonenteMARIA TERESA PUENTE-VILLEGAS JIMENEZ DE ANDRADE
ECLIES:APM:2006:11075
Número de Recurso110/2006
Número de Resolución490/2006
Fecha de Resolución27 de Julio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª

MARIA TERESA PUENTE-VILLEGAS JIMENEZ DE ANDRADE JOSE GONZALEZ OLLEROS ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10

MADRID

SENTENCIA: 00490/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE

MADRID

Sección 10

1280A

C/ FERRAZ 41

Tfno.: 914933847-48-918-16 Fax: 914933916

N.I.G. 28000 1 7014726 /2006

Rollo: RECURSO DE APELACION 110 /2006

Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 72 /2004

Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 9 de MADRID

De: Jorge PARQUE DEPORTIVO TABARCA, S.L., GRUPO

SOMOZA DE COMUNICACIONES, S.L.

Procurador: CARLOS BLANCO SANCHEZ DE CUETO, PILAR RODRIGUEZ DE LA FUENTE,

CARLOS BLANCO SANCHEZ DE CUETO

Contra: Juan Pablo, Iván PARQUE

QUINTA DEL VALLE 2002, S.L.

Procurador: CARLOS PIÑEIRA DE CAMPOS, CARLOS PIÑEIRA DE CAMPOS, MARIA BLANCA

FERNANDEZ DE LA CRUZ MARTIN

PONENTE: ILMA. SRA. Dª Mª TERESA PUENTE VILLEGAS JIMENEZ ANDRADE

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS

D. ANGEL VICENTE ILLESCAS RUS

Dª Mª TERESA PUENTE VILLEGAS JIMENEZ ANDRADE

En MADRID, a veintisiete de julio de dos mil seis.

La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 72/04, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 9 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandantes-apelantes D. Jorge Y GRUPO SOMOZA COMUNICACIONES, S.L., representados por el Procurador D. Carlos Blanco Sánchez de Cueto y defendidos por Letrado, y de otra como demandada-apelada PARQUE DEPORTIVO TABARCA, S.L., representada por la Procuradora Dª Pilar Rodríguez de la Fuente, como demandados-apelados D. Juan Pablo Y D. Iván, representados por el Procurador D. Carlos Piñeira de Campos y PARQUE QUINTA DEL VALLE 2002, S.L., representada por la Procuradora Dª Blanca Fernández de la Cruz Martín y defendida por Letrado, seguidos por el trámite de juicio ordinario.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª TERESA PUENTE VILLEGAS JIMENEZ ANDRADE.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Madrid, en fecha 3 de junio de 2005, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO: "Que estimando la demanda interpuesta por D. Jorge y la Entidad Grupo Somoza Comunicaciones S.L. contra Parque Deportivo Tabarca S.L., contra D. Iván, D. Juan Pablo y Parque Quinta del Valle 2002 S.L. debo declarar y declaro que la mercantil demandada Parque Deportivo Tabarca S.L. adeuda a los actores la suma de ochenta y ocho mil novecientos cuarenta y nueve euros con ochenta y dos céntimos (88.949,82 euros) condenando a la referida demandada al pago de dicha cantidad más los intereses legales de la misma desde la fecha de admisión a trámite de la demanda hasta la fecha en que su pago tenga lugar, absolviendo a los demandados D. Iván, D. Juan Pablo y Parque Quinta del Valle 2002 S.L. de las pretensiones condenatoria solicitadas por los actores, con expresa imposición de las costas a la demandada condenada, excepto de las causadas por los demandados absueltos cuyo pago corresponderá a la parte actora.".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante y mencionada demandada. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.

TERCERO

Por providencia de esta Sección, de fecha 23 de Mayo de 2006, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 17 de julio de 2006.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la entidad GRUPO SOMOZA COMUNICACIONES, S. L., y D, Jorge, se formula recurso de apelación frente a la resolución de Instancia, Estimatoria de la demanda formulada por los ahora apelantes contra la entidad PARQUE DEPORTIVO TABARCA, S.L. (Arrendataria y Cedente), y Desestimatoria contra el resto de los codemandados la entidad Restaurante PARQUE QUINTA DEL VALLE 2.002, S. L.( Propietaria del parque deportivo situado en el kilómetro 13,200 de la carretera Nacional II de Madrid), y D. Juan Pablo y D. Iván (Administradores solidarios), sobre reclamación de cantidad ascendente a 88.949,82 euros, referente a la cuantía que considera el actor le resulta debida como consecuencia del cese del Contrato de Exclusiva para la realización de reportajes fotográficos y Videos de los eventos celebrados en el local de la demandada, suscrito con la entidad PARQUE DEPORTIVO TABARCA, S. L. con fecha 22 de Enero de 2.002. Habiendo apelado igualmente la Sentencia de Instancia la entidad condenada PARQUE DEPORTIVO TABARCA, S. L.

SEGUNDO

Pasando a contestar los motivos objeto de recurso alegados por la entidad GRUPO SOMOZA COMUNICACIONES, S. L....

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