Contrato de trabajo, jubilación y política de empleo
Cargo | Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y Profesora Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social |
Páginas | 19-45 |
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JUBILACIÓN Y EXTINCIÓN DEL
CONTRATO DE TRABAJO
Derecho del Trabajo y Derecho de la
Seguridad Social, aun poseyendo
ámbitos diferenciados que explican
la tendencia doctrinal dominante hacia
su separación1, tienen tras de sí una larga
historia de conexiones e influencias recíprocas.
Una de esas conexiones es la que se viene
dando desde antiguo entre la institución
de Seguridad Social de la pensión de jubilación
y la institución jurídico-laboral de la
extinción del contrato de trabajo: extinguido
el contrato y desaparecido el derecho al salario,
la Seguridad Social suple a éste mediante
el reconocimiento del derecho a la pensión.
Esta relación entre extinción contractual y
derecho a la pensión de jubilación, como ocurre
con tantas otras instituciones jurídicas,
no ha sido a lo largo del tiempo constante y
uniforme, pues las ideas acerca del papel que
corresponde desempeñar a uno y otro institutos
han experimentado cambios muy sensibles.
Dicho brevemente, el sencillo esquema
clásico según el cual cumplida una edad (más
otros requisitos, entre otros y con carácter
central para las pensiones contributivas, el
período legalmente exigido de cotización) el
trabajador activo deja de serlo para convertirse
en «pasivo» o pensionista; este sencillo
esquema, decimos, se hace más complejo a
medida que la indicada relación entre extinción
del contrato y derecho a la pensión se
convierte en objeto de la política de empleo y
a medida que la regulación de esos institutos
se eleva a instrumento de dicha política, a
través de los cauces normativos que ofrecen
las legislaciones de Derecho del Trabajo y
Seguridad Social.
Si bien es cierto que el régimen jurídico de
la jubilación incide inevitablemente y en
todo tiempo sobre la situación del empleo, ha
sido sobre todo en el último cuarto de siglo
cuando se han desarrollado políticas de
empleo que utilizan deliberadamente entre
sus instrumentos el de la regulación de la
jubilación, actuando a través de ella para
incidir sobre la extensión de la vida laboral,
en búsqueda de consecuencias sociales y eco-
19 REVISTA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
** Catedr·tico de Derecho del Trabajo y de la Seguridad
Social. Facultad de Derecho. Universidad Complutense
de Madrid
** Profesora Titular de Derecho del Trabajo y de la
Seguridad Social. Facultad de Derecho. Universidad
Complutense de Madrid
1 Por todos, afirmando el ´car·cter autÛnomo del
Derecho de la Seguridad Socialª, M. ALONSO OLEA y J.L.
TORTUERO PLAZA: Instituciones de Seguridad Social, 17.¿
ed., Civitas, Madrid, 2000, p·g. 38.
Contrato de trabajo, jubilación
y política de empleo
ALFREDO MONTOYA MELGAR*
YOLANDA SÁNCHEZ-URÁN AZAÑA**