SAP Granada 281/2005, 19 de Abril de 2005

PonenteJOSE REQUENA PAREDES
ECLIES:APGR:2005:707
Número de Recurso93/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución281/2005
Fecha de Resolución19 de Abril de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA

SECCION TERCERA

ROLLO 93/05 - AUTOS 473/02

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CINCO DE GRANADA

ASUNTO: P. ORDINARIO

PONENTE SR. JOSE REQUENA PAREDES.-SENTENCIA N U M.- 281

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. JOSE REQUENA PAREDES

MAGISTRADOS

D. ANTONIO GALLO ERENA

D. ANTONIO MASCARÓ LAZCANO

En la Ciudad de Granada, a diecinueve de abril de dos mil cinco.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo 93/05- los autos de Juicio Ordinario nº 473/02 del Juzgado de Primera instancia Nº Cinco de Granada, seguidos en virtud de demanda de Dª Blanca contra El Corbo S.L. y D. Octavio , declarados en rebeldía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

1.Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha quince de enero de dos mil cuatro, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por la procurador Dña Mª José García Anguiano en nombre y representación de Blanca frente a El Corbo S.L.; debo condenar y condeno a la citada demandada a que abone a la actora la cantidad de

6.555'03 euros, soportando cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad. 2. Que, desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Mª José García Anguiano en nombre y representación Blanca frente a D. Octavio ; debo absolver y absuelvo al citado demandado, de las pretensiones articulada frente a él, con imposición de costas a la demandante".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, una vez elevadas las actuaciones a éste Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.

TERCERO

Que, por éste Tribunal se han observado las formalidades legales en ésta alzada.

Siendo Ponente el Iltmo.Sr. Magistrado D. JOSE REQUENA PAREDES.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que estimó parcialmente la demanda por la que vino la actora a acumular solidariamente la acción de responsabilidad contra la sociedad demandada y contra su administrador único, por incumplimiento contractual, en realidad, resolución unilateral del contrato de compraventa verbalmente pactado con reclamación indeminizatoria de daños y perjuicios, se alza la actora que la combate desde dos motivos distintos.

El primero, ataca la resolución discrepante con la decisión de exonerar el administrador codemandado de la responsabilidad exigida de la que le absuelve declarando únicamente la de la sociedad a la que él representa.

Aunque ninguno de los codemandados constituidos en voluntaria rebeldía o rebeldía de complacencia no contestaron ni prestaron oposición a la demanda la decisión impugnada es plenamente ajustada a derecho.

Esto es, aún aceptando que la sociedad demanda bajo el régimen de responsabilidad limitada es una...

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