SAP Madrid 420/2007, 21 de Junio de 2007
Ponente | MARIA JESUS ALIA RAMOS |
ECLI | ES:APM:2007:7945 |
Número de Recurso | 386/2006 |
Número de Resolución | 420/2007 |
Fecha de Resolución | 21 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 12ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 12
MADRID
SENTENCIA: 00420/2007
Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 386/06
PROCEDENCIA: JUZGADO 1ª INSTANCIA Nº4 DE LEGANES
JUICIO ORDINARIO 469/05
DEMANDANTE/APELANTE: RODAMCO INVERSIONES, S.L
PROCURADORA: DOÑA FLORA TOLEDO HUNTIYUELO
DEMANDADO/APELADO: SALSET, S.L
PROCURADOR: DON FERNANDO GARCÍA SEVILLA
PONENTE: ILMA. SRA. DOÑA Mª JESÚS ALÍA RAMOS
SENTENCIA Nº 420
Ilmos. Sres. Magistrados:
Mª JESÚS ALÍA RAMOS
FERNANDO HERRERO DE EGAÑA Y OCTAVIO DE TOLEDO
MARÍA BEGOÑA PÉREZ SANZ
En MADRID, a veintiuno de junio de dos mil siete.
La Sección 12 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de JUICIO VERBAL 469 /2005 del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 4 de LEGANES seguido entre partes, de una como apelante RODAMCO INVERSIONES S.L., representado por la procuradora Dª FLORA TOLEDO HUNTIYUELO, y de otra, como apelado SALSET S.L., representado por el procurador D. FERNANDO MARÍA GARCIA SEVILLA, sobre DEAHUCIO POR EXPIRACIÓN DE TÉRMINO PACTADO.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 4 de LEGANES, por el mismo se dictó sentencia con fecha ocho de febrero de 2006, cuya parte dispositiva dice: "Que desestimando como desestimo la demanda formulada por la procuradora Sra. Rafaela Massó en nombre y representación de Rodano S.L., contra Salset S.L., debo absolver y absuelvo a la referida demandada de la pretensión contra ella ejercitada con imposición a la actora de las costas causadas". Notificada dicha resolución a las partes, por RODAMCO INVERSIONES S.L. se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que IMPUGNA. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día trece de junio de 2007, en que ha tenido lugar lo acordado.
En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo Ponente la Ilm. Sra. Dª. Mª JESÚS ALÍA RAMOS.
Frente a la sentencia de instancia la mercantil actora interpone recurso de apelación con base en las siguientes alegaciones: 1) Error en la valoración de la prueba referida tanto a la documental consistente en el contrato de arrendamiento -en concreto la cláusula 16ª - y en los requerimientos aportados, como a la declaración del representante legal de la demandada; 2) Vulneración del artículo 1566 CCivil por aplicación errónea de la tácita reconducción; 3) Inaplicación del art. 319 LEC en relación con los arts. 317 y 318 LEC y arts. 41 y 44...
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