Orden EHA/1006/2005, de 6 de abril, por la que se regula el contenido del informe al que hace mención el artículo 129.3 de la Ley General Presupuestaria.

Fecha de Entrada en Vigor20 de Abril de 2005
MarginalBOE-A-2005-6223
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN EHA/1006/2005, de 6 de abril, por la que se regula el contenido del informe al que hace mención el artículo 129.3 de la Ley General Presupuestaria.

La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, establece en su artículo 129.3 que las sociedades mercantiles estatales, las entidades públicas empresariales, el resto de entes del sector público estatal sometidos a los principios y normas de contabilidad recogidos en el Plan General de contabilidad de la empresa española y las fundaciones del sector público estatal presentarán junto con sus cuentas anuales, un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones de carácter económico financiero que asumen dichas entidades como consecuencia de su pertenencia al sector público.

Dicha obligación se había establecido para las sociedades mercantiles estatales y las fundaciones del sector público estatal en la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que modificó el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, requiriendo a estas entidades, en su artículo 130, la rendición de una 'memoria' que ha pasado a denominarse 'informe' en el artículo 129.3 de la Ley General Presupuestaria vigente. Dicho contenido se había desarrollado en la Orden del Ministerio de Hacienda de 21 de diciembre de 2000 por la que se regula el contenido de la Memoria a la que hace mención el artículo 130 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria.

La ampliación de las entidades sometidas a dicha obligación hace necesario modificar el ámbito de aplicación de la Orden Ministerial antes citada.

Por otra parte, la experiencia adquirida durante los ejercicios en que se ha aplicado la Orden de 21 de diciembre de 2000 ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar el contenido de la Memoria que se regula en dicha Orden con el fin de ampliar la información suministrada así como de aclarar determinados aspectos que han planteado dificultades de interpretación a las entidades obligadas a su presentación.

En relación con la Orden que se deroga, esta Orden clarifica la información sobre subvenciones recibidas y sobre la ejecución de contratos programa y se amplía con información relativa a la ejecución de los Programas de actuación plurianual y a la liquidación de los Presupuestos de explotación y capital, información regionalizada de las adquisiciones de inmovilizado material e inmaterial, información relativa al cumplimiento de los principios de publicidad y concurrencia previstos en la Ley de contratos de las Administraciones Públicas y en la Ley de Fundaciones, información sobre las garantías recibidas de entidades del sector público estatal e información sobre personal, así como cualquier otra información que se considere relevante.

Por ello, teniendo en cuenta que las modificaciones anteriores afectan a todos los apartados de la Orden de 21 de diciembre de 2000, se considera conveniente la aprobación de una nueva Orden y la derogación de la anterior.

Así, en uso de las facultades que al Ministro de Hacienda (actualmente Ministro de Economía y Hacienda) otorga el apartado e) del artículo 124 de la Ley General Presupuestaria, a propuesta de la Intervención General de la Administración del Estado, esta norma regula el contenido del informe a que hace mención el artículo...

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