ORDEN 68/2013, de 25 de junio, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan ayudas económicas para la realización de proyectos de investigación e innovación educativa sobre el desarrollo del currículo durante el curso académico 2013-2014.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo

  1. n, reconoce como uno de los principios básicos del sistema educativo el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa.

    De acuerdo con el artículo 90 de la misma ley, las comunidades autónomas podrán reconocer la labor didáctica o de investigación del profesorado y facilitar la difusión entre los distintos centros escolares de los trabajos o experiencias que hayan merecido dicho reconocimiento por su calidad y esfuerzo. El artículo 121.3 recoge en su segundo párrafo que corresponde a las administraciones educativas contribuir al desarrollo del currículo y favorecer la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades del alumnado y del profesorado.

    Por su parte, los diferentes decretos por los que se establecen los currículos para la Educación Infantil, la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, disponen que la Consellería de Educación, Cultura y Deporte favorecerá la elaboración de proyectos de innovación que faciliten al profesorado el desarrollo del currículo. Del mismo modo, los reales decretos de currículo de los ciclos formativos de Formación Profesional plantean la necesidad de fomentar aquellas actuaciones que permitan avanzar hacia un sistema integrado de formación profesional capaz de mantenerse permanentemente adaptado a las necesidades sociales, económicas y profesionales.

    La Consellería de Educación, Cultura y Deporte, interesada en promover la creatividad, la investigación educativa, la innovación en la práctica docente, así como la innovación curricular, didáctica y de organización en los centros docentes, apoya a los equipos docentes en la elaboración de proyectos de investigación e innovación, estimula la elaboración de materiales didácticos adecuados a la realidad socioeducativa de los centros e incentiva el desarrollo de experiencias educativas que por su carácter ejemplar puedan, mediante su difusión, ser un apoyo para otros centros y un estímulo en la mejora continua de la práctica educativa.

    Por todo ello, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell y el Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, del presidente de la Generalitat, por el cual se determinan las consellerías en que se organiza la administración de la Generalitat (DOCV 6919, 10.12.2012), vista la propuesta de la directora general de Innovación, Ordenación y Política Lingüística de fecha 10 de mayo de 2013, y de conformidad con la misma,

    ORDENO

    Primero. Objeto

    Se convoca un concurso público de ayudas económicas 2013 para la realización de proyectos de investigación e innovación educativa sobre el desarrollo del currículo y se aprueban las bases por las que se regirá la convocatoria, que figuran como anexo I, el modelo de solicitud del anexo II, así como los anexos III, IV, V, VI y VII.

    Segundo. Financiación

  2. Las cantidades concedidas a los proyectos seleccionados tendrán la finalidad de ayudar a sufragar total o parcialmente los gastos que genere su realización, siempre que estos no impliquen una inversión o adquisición de material inventariable.

  3. La financiación de estas cantidades asignadas a los centros docentes públicos, con carácter de gasto extraordinario de funcionamiento, se abonarán a cargo del capítulo II del programa presupuestario 421.50, del presupuesto de la Generalitat del año 2013, por un importe global máximo de 160.000 euros.

  4. La financiación de estas cantidades, destinadas a centros docentes privados concertados con carácter de subvención, se abonará a cargo del capítulo IV de la línea de subvención T6968000, del programa 421.50,

    del presupuesto de la Generalitat del año 2013, por un importe global máximo de 70.000 euros.

    Tercero. Fase de realización de los proyectos

    Los proyectos seleccionados se desarrollarán durante el curso escolar 2013-2014.

    Cuarto. Supervisión y seguimiento de los proyectos

    La Inspección de Educación supervisará la realización de los proyectos en los centros educativos sujetos a la presente orden, y los respectivos CEFIRE certificarán su idoneidad y realizarán su seguimiento.

    Quinto. Incorporación del procedimiento a la tramitación telemática

    De acuerdo con lo que se dispone en la Ley 3/2010, de 5 de mayo, de la Generalitat, de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana, y el Decreto 18/2004, de 13 de febrero, del Consell de la Generalitat, de creación del Registro Telemático y regulación de las notificaciones telemáticas de la Generalitat, se incorporan los procedimientos recogidos en esta orden al anexo del citado Decreto 18/2004 como procedimiento susceptible de tramitación a través del Registro Electrónico de la Generalitat.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Se delega en la directora general de Innovación, Ordenación y Política Lingüística la facultad de resolver la convocatoria y conceder las ayudas a los proyectos seleccionados, y se le autoriza a adoptar las medidas oportunas para el cumplimiento y aplicación de esta orden y también para resolver y notificar todas las incidencias que se planteen en su interpretación y ejecución; a su vez, se delega en ella la facultad de autorización y disposición del crédito y la formulación de propuestas de pago de las mismas, y demás actos de gestión contable para la ejecución de la resolución.

Segunda

De acuerdo con el artículo 7.4 del Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas, la presente orden no precisa de su notificación a la Comisión Europea por no reunir todos los requisitos del artículo 107 del Tratado CE, porque en atención a su cuantía no afecta al tráfico intercomunitario de mercancías.

Tercera

La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida por los centros privados-concertados potestativamente en reposición, o plantear directamente un recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

  1. El recurso de reposición deberá interponerse ante la consellera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

  2. El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Valencia, 25 de junio de 2013

La consellera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA JOSÉ CATALÁ VERDET

ANEXO I

Bases del concurso de ayudas económicas para la realización de proyectos de investigación e innovación educativa sobre el desarrollo del currículo durante el curso académico 2013-2014

Primera. Objetivos

Los objetivos de la presente convocatoria son los siguientes:

- Fomentar y promover la investigación y la innovación educativa como principios de calidad del sistema educativo.

- Incentivar el proceso de investigación e innovación docente a partir de la práctica en el desarrollo del currículo, como vía de actualización profesional del profesorado.

- Promover la consolidación de equipos docentes innovadores.

- Favorecer la elaboración de proyectos que incluyan innovaciones en el desarrollo del currículo, así como en la organización y gestión de los centros docentes en uso de su autonomía pedagógica.

- Estimular acciones creativas que propicien el éxito escolar y eviten el abandono del alumnado, en todos los niveles educativos no universitarios.

- Incrementar la competencia comunicativa y lingüística del alumnado en las lenguas cooficiales así como en las lenguas extranjeras implantadas en el sistema educativo valenciano.

- Promover las metodologías activas y los aprendizajes basados en las competencias básicas.

Segunda. Destinatarios

Podrán participar en la convocatoria los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana que impartan enseñanzas no universitarias.

Tercera. Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Cuarta. Condiciones de participación

  1. Los centros que participen en esta convocatoria deberán presentar un proyecto de innovación educativa para ser desarrollado durante el curso académico 2013-2014.

  2. El proyecto podrá presentarse en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana.

    Quinta. Solicitudes y documentación

  3. Las solicitudes y la documentación complementaria se dirigirán a la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política...

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