ORDEN de 19 de marzo de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se desarrolla el programa Global Lehian de apoyo a la internacionalización de pymes individuales y en cooperación.

Sección1 - Disposiciones Normativas
Rango de LeyOrden

La economía vasca, con un grado de apertura próximo al 50%, puede definirse como una economía abierta, altamente sensible a la evolución del comercio mundial y, en especial, directamente afectada por el comportamiento de la economía europea, donde en la actualidad se concentran sus principales mercados exteriores.

Durante los últimos años y a pesar de la crisis, las exportaciones vascas han seguido creciendo, habiéndose alcanzado records históricos. Asimismo, la tasa de cobertura; balance de exportaciones sobre importaciones, registró en el mismo período un cambio de tendencia y ya desde 2007 se superó el umbral del 100%. Rasgos característicos del comercio exterior vasco son la vinculación con mercados tradicionales y una concentración en determinados sectores donde predomina un nivel tecnológico medio. Por otro lado, también la inversión extranjera en la CAPV y la inversión vasca en el exterior han venido aumentando en los últimos años. En conjunto, el comercio exterior de la CAPV muestra similitudes con otras regiones europeas avanzadas en las que el sector de automoción tiene un peso relevante.

En este contexto, el perfil de las empresas vascas frente a los mercados exteriores está condicionado por el tamaño, el sector de adscripción y el nivel tecnológico de sus productos y servicios. Así, son las empresas industriales más que las de servicios, y entre estas, las de más de 20 personas las que tienen un mayor movimiento exterior. A este perfil responden también las empresas establecidas en el exterior que alcanzan la cifra de 400 implantaciones productivas. Se constata que el principal factor de competitividad de las empresas vascas en los mercados globales es la calidad, seguida del servicio al cliente y el precio.

Sobre esas bases y para conseguir una mejor posición de las empresas vascas en el mercado global, lo que en definitiva redundará en mejorar el empleo y la riqueza en nuestra economía, el Plan de Acción del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad y la Estrategia del Consorcio Vasco de Internacionalización establecen el objetivo principal de ganar competitividad a través del aumento de la base exportadora y de la actividad internacional de nuestras empresas.

En su desarrollo, se pone en vigor el programa Global Lehian que tiene como objetivo final promover la mejora de la competitividad de las empresas radicadas en la CAPV a través del fomento de su internacionalización.

Los apoyos de Global Lehian que se instrumentan en subvenciones públicas a fondo perdido, van dirigidos a soportar la actividad promocional y operativa de las empresas vascas en orden a mejorar su penetración en los mercados exteriores y a sortear las dificultades objetivas derivadas de su perfil intrínseco a la hora de abordar el reto de la internacionalización.

Dada la característica de reducido tamaño propia de la generalidad de las empresas vascas y teniendo en cuenta que para operar en los mercados internacionales la dimensión constituye un elemento crítico, el programa fomenta la cooperación interempresarial y pondera favorablemente las iniciativas y proyectos de despliegue exterior que las empresas acometan a través de alianzas de diverso tipo, tanto en origen como en destino.

Asimismo, se ha identificado que aspectos organizacionales que tienen que ver con la habitual ausencia de departamentos específicos de exportación y la escasa disponibilidad de personas con capacitación idónea en la gestión de la operativa internacional, constituyen severos déficits que amenazan el éxito en las iniciativas de internacionalización que las empresas y entidades vascas proyectan.

La presente Orden viene a sustituir al programa Prointer estableciendo un nuevo marco regulador de las ayudas que abarca los diferentes estadios de maduración en materia de internacionalización. Es así que la Orden distingue cuatro tramos diferenciados de apoyo como son; las actividades de iniciación, las de consolidación, las implantaciones bajo cualquiera de sus tres modalidades; comercial, productiva o de empresas de servicios y finalmente, la captación de especialistas en materia de internacionalización por parte de las empresas y la adaptación de sus organizaciones a los requerimientos del mercado global. Para cada una de estas cuatro etapas, la Orden determina los períodos máximos de disfrute de las ayudas y los diferentes tipos de gastos susceptibles de apoyo.

En un contexto de menor disponibilidad presupuestaria se hace todavía más necesario que la dedicación de los recursos públicos vaya dirigida a sustentar los proyectos donde la consecución de los objetivos que se pretende esté mejor garantizada. Es por ello que Global Lehian establece el procedimiento concursal (artículo 49 de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco) como forma de determinación de las ayudas. Para ello, se identifican 8 criterios de valoración de los proyectos de empresas y entidades. Dichos criterios de valoración, por su relevancia, cubren con el carácter de intemporalidad propio de una Orden, todo el espectro de cuestiones a considerar a la hora de evaluar la idoneidad de los proyectos y el esfuerzo de las solicitantes. A su vez, dichos criterios se articularán con unos factores de ponderación determinados con cada convocatoria, lo que permitirá una acomodación anual a circunstancias cambiantes de las demandas y de las necesidades en materia de internacionalización.

La Orden establece que el Plan de Internacionalización debe ser el fundamento de todas las iniciativas de internacionalización de las empresas y entidades. Es por ello, que además de constituir una primera herramienta cuyo coste es susceptible de ser subvencionado en la etapa de inicio, su presentación es también requisito imprescindible a la hora de solicitar ayudas en el resto de las etapas de la internacionalización. El análisis de dichos planes de internacionalización determinará principalmente la evaluación de los proyectos sujetos a ayudas que corresponde a la administración convocante.

Asimismo, desde el reconocimiento del papel que la normativa asigna a las cámaras de comercio como entidades colaboradoras de la Administración, entre otras materias, principalmente, en la de internacionalización y habida cuenta de su participación como miembros del Consorcio Vasco de Internacionalización, la Orden dispone las funciones y tareas de apoyo a los servicios técnicos departamentales en la evaluación de proyectos que se les asigna. Dicho apoyo permite poner en valor, al servicio del programa Global Lehian, el conocimiento experto y la proximidad con las empresas vascas, especialmente con las de más reducida dimensión, que se reconoce a las referidas corporaciones de derecho público.

Desde un punto de vista procedimental y para facilitar los trámites administrativos, con la presente Orden se opta por la tramitación electrónica de los expedientes. Desde la experiencia de gestión con las empresas beneficiarias objetivo de programas de apoyo público a pymes vascas se ha constatado que este procedimiento supone un avance en linea con la pretendida ganancia de competitividad de las empresas y entidades sin que ello pueda suponer discriminación ni menoscabo alguno.

Por último, y para la adecuada instrumentación de este Programa, requiere la regulación de los requisitos procedimentales, mediante la correspondiente Orden de ejecución y desarrollo.

En su virtud,

Artículo 1 – Objeto.
  1. – Es objeto de la presente Orden desarrollar el Programa Global Lehian para mejorar la competitividad de las empresas con razón social en la CAPV (en adelante, empresas vascas) a través de su internacionalización tanto de manera individual como en cooperación.

  2. – Los apoyos del programa Global Lehian, que consistirán en subvenciones a fondo perdido, estarán ordenados de acuerdo al nivel de maduración de las empresas en materia de internacionalización, distinguiéndose cuatro etapas:

    1. Iniciación.

    2. Consolidación.

    3. Implantaciones exteriores.

    4. Activación del talento y adecuación de las organizaciones al mercado global.

  3. – Las etapas de Iniciación, Consolidación e Implantaciones exteriores se conciben con carácter general, en el marco de esta Orden, como etapas sucesivas y excluyentes. Por el contrario, la etapa de Activación del talento y de adecuación de las organizaciones al mercado global se considera potencialmente concurrente con cualquiera de las otras tres.

    Con carácter excepcional, las empresas, que por requerimientos de los mercados en los que operan precisen implantarse en el exterior desde el inicio, podrán obviar las etapas anteriores.

Artículo 2 – Entidades Beneficiarias.

2.1.– Podrán acceder a las ayudas contempladas en la presente Orden las microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYMEs), individualmente o en cooperación, radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y que cuenten con un plan de internacionalización vigente. La definición de PYME se aplica atendiendo a lo especificado en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión.

2.2.– Requisitos generales de la...

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