SAP Palencia 287/2005, 28 de Febrero de 2005

PonenteANGEL MUÑIZ DELGADO
ECLIES:APP:2005:355
Número de Recurso245/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución287/2005
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª

SENTENCIA NUMERO DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE

SEÑORES DEL TRIBUNAL

Ilmo. Sr. Presidente

Don Angel Muñiz Delgado

Ilmos. Sres. Magistrados

Don Mauricio Bugidos San José

Don Miguel Donis Carracedo----------------------------------------------En la ciudad de Palencia, a11 de noviembre de 2005

Vistos, en grado de Apelación ante esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario, sobre declarativa de dominio, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Palencia, en virtud del Recurso de Apelación interpuesto contra la Sentencia recaída en el mismo de fecha 28 de Febrero de 2.005 , entre partes, de una, como apelante, Doña Lourdes , representada por la Procuradora Doña Lidia Pallarés Esguevillas y defendida por el Letrado Don Alberto Arzúa Mouronte, y de otra, como apelado, Don Jorge , representado por la Procuradora Doña Soledad Calderón Ruigómez y defendido por el Letrado Don Angel Paredes Montero; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Angel Muñiz Delgado.

SE ACEPTAN los antecedentes fácticos de la Sentencia impugnada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Fallo de dicha Sentencia, literalmente dice: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por D. Jorge contra Dª Lourdes , debo declarar y declaro el derecho del referido demandante a que le sea adjudicada la vivienda sita en Palencia, CALLE000 , número NUM000 - NUM001 NUM002 .

Que estimando parcialmente la reconvención formulada por Dª Lourdes contra D. Jorge , se acuerda la disolución de la comunidad de bienes existente entre ambos litigantes hasta el 14 de abril de 2004 para lo que en ejecución de sentencia se formará el oportuno inventario, con inclusión del activo y el pasivo correspondientes, en el que figurarán los muebles y el vehículo adquiridos durante la convivencia de la pareja desde 1996 hasta la referida fecha de la ruptura de la convivencia, así como las cuotas de la hipoteca y los recibos del préstamo del vehículo abonados en su caso por los litigantes desde esta última fecha."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia presentó la parte demandada escrito de preparación del presente Recurso de Apelación, dictándose Providencia teniendo por preparado el Recurso de Apelación y emplazando a la parte recurrente para que lo interpusiera en el plazo legal.

TERCERO

La parte recurrente presentó en el plazo previsto y ante el Tribunal de instancia el escrito interponiendo el Recurso de Apelación, dictándose Providencia dándose traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran escrito de oposición al recurso, o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resultare desfavorable. Por la parte apelada se presentó escrito de oposición al recurso, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial para resolver el Recurso de Apelación.

SE ACEPTAN los Fundamentos de Derecho de la resolución recurrida, en tanto se opongan a los de la presente resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de primera instancia declara existió Inter. Partes una convivencia more uxorio que se prolongó aproximadamente algo mas de ocho años. A la hora de regular las consecuencias patrimoniales de dicha unión, entiende existe una comunidad de bienes sobre los muebles y el vehículoadquiridos durante la vigencia de la relación de pareja, mas no sucede lo mismo con la vivienda, que reputa de la exclusiva propiedad del actor.

Exclusivamente frente a este último pronunciamiento se alza la demandada reconvincente a través del recurso que hoy conocemos, pretendiendo se declare así mismo que dicho inmueble pertenece en comunidad a ambos litigantes. Argumenta en apoyo de su tesis que cuando se compró la vivienda ya llevaban un año de vida en pareja, adquiriéndola con intención de hacerla común y habitar en ella, abonando las cuotas del préstamo con los ingresos que ambos obtenían por...

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