Conclusiones

AutorIris Rocío Santillán Ramírez
Cargo del AutorProfesora del Departamento de Derecho de la UAM-Azcapotzalco y Directora de las Misiones del Foro Latinoamericano para la Seguridad Urbana y la Democracia, A.C.
Páginas479-480

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En cinco de los diez casos analizados, la resolución pudo haber sido diferente sin la existencia de criterios sexistas y con la aplicación de las propuestas de Bustos y Zaffaroni, esto es, considerando la vida concreta de las personas -y en este caso el de las mujeres, porque como acertadamente ha señalado Carol Smart la experiencia del mundo de ellas, frecuentemente tiene un efecto distinto al de la experiencia masculina (1976, cit. En del Olmo, R., 1998:26) -, la relación que tenían con su víctima, su medio y las posibilidades de poder actuar de manera diferente a como lo hicieron. Esto representa el 50 por ciento de los casos, que no es poca cosa si consideramos que estamos hablando de años/libertad/vida (70 años sumados) de mujeres cuya circunstancias las hicieron relacionarse con hombres violentos, sin que la sociedad ni el Estado haya hecho demasiado por

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ellas -y menos aún en aquellos años. Es importante señalar que -aunque aquí no se refleja- la investigación evidenció además que los juzgadores frecuentemente confundían el...

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