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- La Libertad de Elección Del Usuario y Su Participación en el Diseño de la Atención que Recibe
Conclusiones
Autor | Alicia Sarabia-Sánchez |
Cargo del Autor | Consultores Sociales CEyAS. Seminario de Intervención y Políticas Sociales (SIPOSO), Departamento de Trabajo Social y Servicios Sociales de la Universidad de Alicante |
Páginas | 223-225 |
Page 223
La LAPAD define la autonomía como "la capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria".
Según este marco conceptual, la denominada Ley de Promoción de la Autonomía Personal debería ser el instrumento que facilitara, a las personas que presentan limitaciones funcionales severas que les impiden desarrollar por sí mismas las actividades básicas de la vida diaria, tomar el control de sus propias vidas, proporcionando los instrumentos y apoyos destinados a ese fin.
Sin embargo, como se ha señalado a lo largo de este trabajo, la LAPAD se limita a establecer un sistema, el SAAD, en el que se mezclan servicios preexistentes con otros de nuevo cuño, a los que se añaden una serie de prestaciones económicas destinadas a la atención de las necesidades básicas de supervivencia y, únicamente en casos muy concretos, al apoyo en los ámbitos escolar y laboral.
Para que la libertad de elección de las personas en situación de dependencia, tal y como se contempla en la Convención, sea efectiva, deben adoptarse, entre otras, las siguientes medidas de reforma de la LAPAD:
· Ampliar el perfil de los beneficiarios de la Ley para asegurar que ninguna persona con diversidad funcional queda excluida de la percepción de los apoyos necesarios para desarrollar su plan vital.
· Ampliar la cartera actual de recursos con servicios en el entorno comunitario suficientes y diversificados para cubrir las múltiples necesidades de las personas con diversidad funcional que precisen apoyos.
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· Permitir la combinación de diversos servicios para un solo usuario así como la compatibilidad de la atención directa y las prestaciones económicas para conformar Planes Individualizados de Atención integrales y suficientes para garantizar la máxima autonomía personal.
· Proporcionar todos los apoyos necesarios para hacer efectivos los derechos reconocidos en la Convención, y no únicamente la atención a las necesidades básicas de la vida diaria.
· Garantizar la igualdad territorial efectiva mediante los mecanismos necesarios para eliminar las desigualdades actuales por motivos de residencia.
· Garantizar el derecho de las personas con diversidad funcional a elegir entre todos los recursos disponibles, sin más limitación que la adecuación de los mismos para la cobertura de las necesidades.
·...
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- La libertad de elección del usuario y su participación en el diseño de la atención que recibe
- Introducción
- El modelo social de la discapacidad en la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad
- El modelo social de la discapacidad y la situación de dependencia funcional
- La Ley de promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia (LAPAD) y la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad
- Conclusiones
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