Compromiso de retorno en autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena de duración determinada

AutorAlberto Palomar/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Administrativo (a) y Magistrado (ev)- Letrado de la Administración de la Seguridad Social. Abogado de la CAIB
Actualizado aMarzo 2014

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COMENTARIO

El Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la LO 4/2000, de 11-1-2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, de 11-12-2009, regula la residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada en sus artículos 97 y ss.

En cuanto al visado, el artículo 101 establece que el visado de residencia y trabajo para actividades de duración determinada se tramitará por el procedimiento establecido para la residencia temporal y trabajo por cuenta ajena (artículos 62 y ss. RLODLEE), siendo exigibles los requisitos y documentos a presentar previstos en relación con el visado de residencia y trabajo por cuenta ajena.

Igualmente, se habrá de aportar documento firmado por el trabajador en el que se comprometa a retornar al país de origen una vez concluida la relación laboral. La no...

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