El compromiso público con la discapacidad

AutorAlberto Palomar Olmeda
CargoProfesor Titular (Acred) de Derecho Administrativo. Socio Broseta Asociados
Páginas20-22
Revista de Derecho Laboral vLex
20 #7 · diciembre 2022
EL COMPROMISO PÚBLICO CON LA DISCAPACIDAD
Autor: Alberto Palomar Olmeda
Cargo: Profesor Titular (Acred) de Derecho Administrativo. Socio Broseta Asociados
El papel de los Poderes Públicos en el ámbito
de la protección social es un elemento ligado
a diversos factores. Sin duda, el denomina-
do estado social , tiene un referente final de
carácter económico y está ligado al modelo
económico del mismo. Se avanza en mayo-
res prestaciones y en mayor cualidad de es-
tas en la medida que el Estado puede dedicar
un mayor número de recursos a prestacio-
nes sociales.
Es cierto, sin embargo, que las prestaciones
sociales tienen también un enorme compo-
nente de evolución social. Hoy, los ciudada-
nos, las sociedades, en general tienen más
en cuenta las necesidades sociales con una
perspectiva de detalle que, desde luego, no
se corresponde con la de otras épocas.
En el ámbito de la protección social, la Orden
de 13 de mayo de 1986 aprueba el Regla-
lativa a la prestación económica a las fami-
lias numerosas con hijos subnormales. Hoy,
la calificación nos espantaría, pero es cierto
que, en su contexto, fue una norma progre-
sista en relación con el punto de partida.
Ya en el periodo constitucional se introduce
un concepto que, hoy, también nos parece
claramente desacertado pero que, en su mo-
mento, nos llevó a considerar que superaba
algunos de los elementos más peyorativos
de las denominaciones previas. Recorde-
mos, en este punto que el artículo 49 de la
CE se refiere a la obligación de los Poderes
Públicos de articular una política de preven-
ción, tratamiento, rehabilitación e integra-
ción de los disminuidos físicos, sensoriales
y psíquicos a los que se prestará la atención
especializada que requieran.
El precepto, con todos los defectos que nos
parece que presenta, tiene algunos elemen-
tos francamente interesantes. El primero,
sin duda, la ubicación de las políticas al mar-
gen del propio sistema de Seguridad Social
y la opción por una política que no sea me-
ramente reparadora de las situaciones, sino
que se inserte en el ámbito de la prevención
y la rehabilitación.
Consecuencia directa fue la aprobación de
la Ley 13/1982, de 7 de abril de integración
social de los minusválidos. El Texto contenía
una referencia a la prevención (título III) y al
diagnóstico y la valoración de la minusvalía
(Título IV) y el sistema de prestaciones so-
ciales y económicas para conseguir el efec-
to integrativo al que nos venimos refiriendo
que se encuentra en el Título V de la Ley. El
esquema se contempla con la referencia a la
rehabilitación (título VI) y con un título, el VII,
referido a la integración laboral. El esquema
se inserta en el ámbito de los servicios so-
ciales, según determina el título VIII.

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