SAP Alicante 152/2008, 16 de Abril de 2008

PonenteJOSE LUIS UBEDA MULERO
ECLIES:APA:2008:1108
Número de Recurso510/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución152/2008
Fecha de Resolución16 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

A.P. de Alicante (5.ª). R. 510-B/07

Iltmos. Sres.:

Presidente: D. José Luis Úbeda Mulero

Magistrada: Dª Visitación Pérez Serra

Magistrada: Dª María Teresa Serra Abarca

En la ciudad de Alicante a, dieciséis de abril de dos mil ocho.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados antes citados y

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 152

En el recurso de apelación interpuesto por Dª. Marcelina, representado por el Procurador de Primera Instancia D. ANTONIO PENADES MARTINEZ dirigido por el Letrado de Primera Instancia D. FERNANDO VILLANUEVA NICOLAU, frente a la parte apelada Dª. Carla, representada por la Procuradora Dª. MARIA DEL MAR LOPEZ FANEGA y dirigida por el Letrado D. JUAN CARLOS GONZALEZ SANCHEZ, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Alicante, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Luis Úbeda Mulero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Alcoy, en los autos de juicio ordinario sobre Reclamación de Cantidad número 635/06, se dictó en fecha 15 de junio de 2007 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

" QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la representación de Carla frente a Marcelina, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la demandada al abono de la cantidad que resulte en ejecución de sentencia de la realización de las obras necesarias para la completa reparación de los rodapiés afectados de la vivienda propiedad de la actora a fin de poder ser utilizada en las debidas condiciones.

Cada parte abonará sus costas y las comunes por mitad ".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, habiéndose tramitado el mismo por escrito en el Juzgado de procedencia, en la forma introducida por la Ley 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente Rollo de apelación número 510/07, señalándose para votación y fallo el pasado día 15 de abril de 2008.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la demanda que inició el procedimiento de juicio ordinario seguido ante el Juzgado (cuantificada por la propia parte en 7.383,72 euros), se ejercitaba la acción "quanti minoris" derivada de los arts. 1.484, 1.485 y 1.486 del Código Civil en relación con la compraventa de una vivienda en la que se había apreciado la existencia de vicios consistentes en desconchados, grietas y fisuras en paredes, y separación entre rodapiés y suelo, en el que se había producido el fenómeno conocido como "flectado". La sentencia de primera instancia estima parcialmente la demanda, como es de ver por el examen del correspondiente antecedente de hecho de la presente, y condena al pago de la reparación relacionada con los rodapiés, siendo recurrida por la parte demandada, que solicita su revocación y...

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