SAP Barcelona 54/2008, 25 de Enero de 2008
Ponente | BIBIANA SEGURA CROS |
ECLI | ES:APB:2008:2384 |
Número de Recurso | 568/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 54/2008 |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCION CATORCE
ROLLO 568/2007
JUICIO EJECUTIVO CAMBIARIO 857/2006
Juzgado 1ª Instancia n° 36 BARCELONA
S E N T E N C I A Nº 54/2008
Ilmos. Sres.
D. FRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ
Dª MARTA FONT MARQUINA
Dª BIBIANA SEGURA CROS
En la ciudad de Barcelona, a veinticinco de Enero de dos mil ocho.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimocuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio Ejecutivo Cambiario nº 857/06, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Barcelona, a instancia de Serveis Sarriá 2001 S.L., contra la entidad Rocamor Plus S.L., los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la entidad Rocamor Plus S.L contra la Sentencia dictada en los mismos el día 22 de Marzo de 2007, por la Magistrada Juez del expresado Juzgado.
A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimo la oposición formulada por el procurador Sr. Anzizu, en nombre y representación de ROCAMOR PLUS S.L, y, en su virtud, mando seguir adelante la ejecución despachada respecto de los bienes de la demandada, hasta hacer trance y remate de los mismos y con su producto pago al actor SERVEIS SARRIA 2001 S.L. de la siguientes cantidades: 186.361,83 euros de principal, más 25.000 euros en concepto de intereses, gastos y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación, con imposición de las costas a la demandada que se ha opuesto."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante escrito motivado, dándose traslado a la actora, elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para Votación y Fallo el día 24 de Enero de 2008.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª BIBIANA SEGURA CROS.
Recurre la parte demandada la Sentencia dictada en primera instancia alegando falta de causa válida del pagaré por falta de provisión de fondos, así como error en la apreciación de la prueba.
Alega la recurrente que la compraventa en su día realizada por las partes no genera I.V.A. y por tanto la entrega del pagaré queda sin causa válida, aportando en apoyo de su pretensión en esta alzada documento de propuesta de liquidación de impuesto sobre transmisiones patrimoniales expedido por la DGT en fecha 27 de Septiembre de 2007 en relación con la compraventa suscrita entre las partes litigantes.
Son hechos acreditados, y respecto a los cuales no hay...
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